Bajar la pension de alimentos

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La pensión de alimentos es una medida que se debe imponer en todo divorcio con hijos menores o que no sean económicament independientes.

Dependiendo si tu divorcio fue de mutuo acuerdo o una separación contenciosa, o bien esa cantidad se pactó con tu ex o bien la impuso el juez en la sentencia de divorcio una vez celebrado el juicio.

Han cambiado las circunstancias

Pero como la vida es cambiante lo que valía hace un tiempo ahora puede no valer.

Es decir, si tu convenio regulador o en tu sentencia de divorcio se establece que se ha de pagar una pensión de 300 € por cada hijo, eso no es algo inamovible.

Si las circunstancias de forma objetiva cambian, y en ese aspecto, quien ganaba una cantidad de dinero ahora gana otra mucho más inferior, evidentemente no puede seguir abonando algo que no puede pagar.

Hay que tener en cuenta que la jurisprudencia de los juzgados es clara y la pensión alimenticia se pone en función de las necesidades del alimentista (hijos) y de las capacidades del obligado al pago (normalmente el padre).

Dicen que lo que no puede ser, no puede ser, y, además, es imposible.

Lo que opinan nuestros clientes de JR Abogados

JR Abogados
4.9
Basado en 49 reseñas.
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Alex García
Alex García
19:44 24 Mar 21
Gran gestión del problema y excelente trabajo. Sin duda se percibe profesionalidad desde el primer momento. Siempre agradecido.
Sarita Garcia
Sarita Garcia
13:57 09 Mar 21
Excelente profesional, José Ramón en mi procedimiento ha realizado un trabajo impecable, ha conseguido más de lo que en un momento pedíamos.Sabe aconsejar lo que es mejor para el cliente y empatizar con el durante todo el proceso, ha entendiendo... mis circunstancias personales en todo momento teniendo una paciencia considerable conmigo, lo recomiendo el 100%leer más
Javier Alber
Javier Alber
12:24 04 Mar 21
Qué gran ayuda la de "JR Abogados". En momentos de angustia y dificultad, ha sido un placer contar con vosotros. Mil gracias!!!
Doris Gonzalez
Doris Gonzalez
13:59 23 Feb 21
Excelente profesional en la calidad de defensa demuestra interés por el clienteJosé Ramón se merece más de 5 estrellas es muy amable y atento con su laborLo recomiendo excelente persona
Guillermo May Morante
Guillermo May Morante
10:34 19 Feb 21
El trato y la calidad humana son cualidades que se están perdiendo en la sociedad actual.José Ramón ha hecho fácil lo que parecía difícil, ayudándome enormemente en mi circunstancia personal y consiguiendo objetivos por encima de las... expectativas.Sin duda, un profesional a valorar muy positivamente.No le doy 6 estrellas porque no se puede.leer más
Mauricio Odovaine
Mauricio Odovaine
03:13 18 Feb 21
Un servicio muy atento y profesional. Mi caso implicaba la complejidad de ser tramitado a través de un juzgado en pleno pico de infecciones por COVID, unido a la necesidad de documentación adicional requerida por otro país de la UE. El equipo de JR... nos guió y apoyo a través de todo el proceso, el cual se ha resuelto con un nivel de esfuerzo muy bajo por nuestra parte. Lo recomiendo, y volvería a contar con sus servicios si fuera necesario.leer más
Manuel Martos
Manuel Martos
18:59 10 Feb 21
Muy amable y profesional. Lo recomiendo totalmente.
Enrique Sanjose Hernandez
Enrique Sanjose Hernandez
17:12 16 Nov 20
Profesional excepcional. Trato muy humano que sabe tranquilizar (Como fue mi caso) y explicar eficazmente todos los pasos judiciales. Supo obtener un acuerdo muy safistifactorio. Mi gratitud y mi recomendación más sincera. Gracias José Ramón.
Juan Jose Gonzalez
Juan Jose Gonzalez
12:03 07 Nov 20
José Ramón me a llevado un caso de okupas en un piso de mis padres y la verdad que es un gran profesional y mucho más como persona, me ha tenido en todo momento informado y con las cosas muy claras. Recomiendo a este gran Profesional y yo si lo... tuviera que necesitar me pondría otra vez en sus manos.leer más
María del Carmen Zarzosa Diez
María del Carmen Zarzosa Diez
18:09 05 Nov 20
Respuesta rápida tanto telefónicamente como por WhatsApp, conversaciones cómodas imparciales en la escucha por parte del letrado, una clara exposición de respuesta y soluciones por parte del mismo.El trato personal excelente, te hace sentir... tranquil@, la rapidez de los trámites ágiles, precio calidad inmejorable, sin presiones.Resumiendo un profesional en su trabajo y una persona sensible y realista.Sin duda recomendable.leer más
Juan José Gámiz Cadenas
Juan José Gámiz Cadenas
19:21 12 Oct 20
Desde el primer momento que lo contacte para saber de sus servicio me explico claramente cómo iba a ser el proceso y que pasos había que seguir. En todo momento me sentí muy bien asesorado ante cualquier duda que tenía. Además de tener un trato... humano y cercano. Lo recomiendo totalmenteleer más
Pablo Gil
Pablo Gil
13:57 28 Sep 20
Un profesional impecable, agradable, atento, te explica todo con pelos y señales... Me llevó un caso y me pareció increíble. Desde el minuto uno me informó de todo y le estoy muy agradecido por el resultado obtenido. De 10!!!
Más reseñas
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La crisis del coronavirus o Covid-19

En el año 2.008 fue la crisis financiera.

Miles de trabajadores fueron al paro, miles y miles de desahucios en toda España.

Ahora viene la pandemia, cuyos efectos nadie sabe cómo serán, pero a buen seguro que nada positivos para el ser humano.

Nadie jamás pudo soñar con algo así, que atacara de forma global a todo el planeta.

Nunca en la historia de la humanidad se cerró la economía de forma total durante 2 o 3 meses en casi todo el mundo.

Nadie sabía que era un estado de alerta y nadie creyó que se confinase a 45.000.000 de españoles en sus casas para no contagiarse.

Como consecuencia de esta crisis, cientos de miles de progenitores perderán sus trabajos y pasarán a engrosar las listas del paro.

Primero los ERTE y luego los ERE.

La pregunta es fácil de hacer y también de responder,un progenitor que debe pasar una pensión de alimentos de 500 € si gana 800 € ¿puede seguir pagándola? No, así de simple, los cálculos son sencillos.

Lo dicho aquí para la pensión de alimentos es igual de válido para la pensión compensatoria.

La pensón de alimentos tiene carácter preferente al pago de cualquier otro gasto.

El cambio de circunstancias

Deben darse estos 4 requisitos para que el juzgado esté de acuerdo en bajarte la pensión de alimentos.

  1. Cambio sustancial de las circunstancias que se daban cuando se fijó la pensión. Sencillo, por ejemplo imagina que cuando te divorciaste ganabas 2.000 € al mes y ahora ganas 700 € al mes o incluso nada. Cambiaron las circunstancias.
  2. Que ese cambio se duradero en el cambio. Es decir, que no sea algo puntual o provisional. Si no hay trabajo, y estás en el paro y no hay muchas posibilidades de que tu situación cambie.
  3. Que puedas acreditarlo con papeles. Sencillo también, con tu nueva nómina, con los movimientos bancarios, con la acreditación de que te encuenetras en desempleo.
  4. Que la nueva situación no la hayas provocado tu. Está claro que tu no has creado el coronavirus, es algo imprevisto o imprevisible que nadie pudo imaginar.

Los juzgados no suelen atender a que tus gastos a aumentado, como la hipoteca, los préstamos, …

Eso es así debido a que si ya tenías hipoteca, se tuvo en cuenta al establecer la pensión de alimentos en su día.

Si contratas por ejemplo nuevos préstamos, el juez y el abogado contrario te echarán la culpa a ti, pues ya sabías que tenías que pagar una pensión.

Debes saber que la pensión de alimentos es preferente al pago de otros gastos, al ser unos menores quienes la reciben.

Como pedir al juzgado que te bajen la pensión alimenticia

Si tu ex no está de acuerdo en que pagues menos de pensión alimenticia tendrás que presentar una demanda de modificación de medidas.

Sería más fácil si ella estuviera de acuerdo, el proceso sería más fácil, más rápido y más sencillo.

En todo caso, si no puedes pagar esa cantidad, algo tendrás que hacer puesto que si dejas de pagar se producirán impagos y el impago de una pensión de alimentos es un delito penal.

Se irán acumulando mensualidades y todo irá a peor, puesto que tu ex podrá pedir que se ejecute la sentencia de divorcio en cuyo caso te embargarán tus bienes o, como ya he comentado podrá ir por la vía penal.

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