Delito penal por alcoholemia

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Delito penal por alcoholemia

Todo el mundo sabe que conducir bajo los efectos del alcohol o de las drogas no se puede hacer, pero creo que todos, alguna vez, lo hemos hecho.

Hasta 0,25 mg/l en aire espirado, en España, ni tan siquiera pueden ponermos una multa si la policía nos para en un control de alcoholemia, con esa tasa de alcohol no hay ningún problema legal, ni administrativo, ni penal.

Si superamos esa tasa de alcohol podemos complicarnos la vida, pues hasta 0,60 mg/l en aire espirado nos pondrán una multa y nos quitarán puntos del carnet de conducir. Como sabes, si nos quedamos sin puntos, no podremos circular por las carreteras (será delito penal del artículo 384 del Código Penal.

El problema real viene cuando superemos los 0,60 mg/l en aire espirado.

En ese caso no hay pérdida de puntos, sino que hay pérdida del permiso de conducir, es decir, nos quitan el carnet.

¿Cuánto tiempo? Depende, pero lo mínimo será de 1 año y lo máximo de 4 años (siempre que no existan más delitos de tráfico).

Ojo, ten en cuenta que si tienes un accidente, aunque sea rozar a otro coche, o dar a una farola, la tasa de alcohol para que sea delito bajará hasta los 0,40 mg/l en aire espirado.

Por tanto, con tres botellines de cervezas y teniendo la barriga vacía si te paran en un control ya puedes ir llamando a un abogado.

La mayoría de los conductores que dan positivo en alcoholemia no han comido nada, lo que hace que los efectos del alcohol en nuestro cuerpo se muestren de forma muy rápida.

Lo que opinan nuestros clientes de JR Abogados

JR Abogados
4.9
Basado en 49 reseñas.
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Alex García
Alex García
19:44 24 Mar 21
Gran gestión del problema y excelente trabajo. Sin duda se percibe profesionalidad desde el primer momento. Siempre agradecido.
Sarita Garcia
Sarita Garcia
13:57 09 Mar 21
Excelente profesional, José Ramón en mi procedimiento ha realizado un trabajo impecable, ha conseguido más de lo que en un momento pedíamos.Sabe aconsejar lo que es mejor para el cliente y empatizar con el durante todo el proceso, ha entendiendo mis circunstancias personales en todo momento teniendo una paciencia considerable conmigo, lo recomiendo el 100%
Javier Alber
Javier Alber
12:24 04 Mar 21
Qué gran ayuda la de "JR Abogados". En momentos de angustia y dificultad, ha sido un placer contar con vosotros. Mil gracias!!!
Doris Gonzalez
Doris Gonzalez
13:59 23 Feb 21
Excelente profesional en la calidad de defensa demuestra interés por el clienteJosé Ramón se merece más de 5 estrellas es muy amable y atento con su laborLo recomiendo excelente persona
Guillermo May Morante
Guillermo May Morante
10:34 19 Feb 21
El trato y la calidad humana son cualidades que se están perdiendo en la sociedad actual.José Ramón ha hecho fácil lo que parecía difícil, ayudándome enormemente en mi circunstancia personal y consiguiendo objetivos por encima de las expectativas.Sin duda, un profesional a valorar muy positivamente.No le doy 6 estrellas porque no se puede.
Mauricio Odovaine
Mauricio Odovaine
03:13 18 Feb 21
Un servicio muy atento y profesional. Mi caso implicaba la complejidad de ser tramitado a través de un juzgado en pleno pico de infecciones por COVID, unido a la necesidad de documentación adicional requerida por otro país de la UE. El equipo de JR nos guió y apoyo a través de todo el proceso, el cual se ha resuelto con un nivel de esfuerzo muy bajo por nuestra parte. Lo recomiendo, y volvería a contar con sus servicios si fuera necesario.
Manuel Martos
Manuel Martos
18:59 10 Feb 21
Muy amable y profesional. Lo recomiendo totalmente.
Enrique Sanjose Hernandez
Enrique Sanjose Hernandez
17:12 16 Nov 20
Profesional excepcional. Trato muy humano que sabe tranquilizar (Como fue mi caso) y explicar eficazmente todos los pasos judiciales. Supo obtener un acuerdo muy safistifactorio. Mi gratitud y mi recomendación más sincera. Gracias José Ramón.
Juan Jose Gonzalez
Juan Jose Gonzalez
12:03 07 Nov 20
José Ramón me a llevado un caso de okupas en un piso de mis padres y la verdad que es un gran profesional y mucho más como persona, me ha tenido en todo momento informado y con las cosas muy claras. Recomiendo a este gran Profesional y yo si lo tuviera que necesitar me pondría otra vez en sus manos.
María del Carmen Zarzosa Diez
María del Carmen Zarzosa Diez
18:09 05 Nov 20
Respuesta rápida tanto telefónicamente como por WhatsApp, conversaciones cómodas imparciales en la escucha por parte del letrado, una clara exposición de respuesta y soluciones por parte del mismo.El trato personal excelente, te hace sentir tranquil@, la rapidez de los trámites ágiles, precio calidad inmejorable, sin presiones.Resumiendo un profesional en su trabajo y una persona sensible y realista.Sin duda recomendable.
Juan José Gámiz Cadenas
Juan José Gámiz Cadenas
19:21 12 Oct 20
Desde el primer momento que lo contacte para saber de sus servicio me explico claramente cómo iba a ser el proceso y que pasos había que seguir. En todo momento me sentí muy bien asesorado ante cualquier duda que tenía. Además de tener un trato humano y cercano. Lo recomiendo totalmente
Pablo Gil
Pablo Gil
13:57 28 Sep 20
Un profesional impecable, agradable, atento, te explica todo con pelos y señales... Me llevó un caso y me pareció increíble. Desde el minuto uno me informó de todo y le estoy muy agradecido por el resultado obtenido. De 10!!!
Más reseñas
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Cuanto te hacen la prueba de alcoholemia tienen que pasar 10 minutos entre una y otra prueba, si no es así, la prueba es nula.

También tienes derecho a una prueba de contraste, es decir, que la policía te lleve a un centro médico y te saquen sangre. Es prueba es más precisa, y por lo general la tasa suele ser más alta. Si fuera así, te pasarán el coste de la analítica.

La policía también puede someterte a una prueba de drogas, te pondrá un bastoncillo en la boca y lo mandará a un laboratorio. No obstante, debido a que los aparatos para medir las drogas son muy caros, la policía no dispone de muchos y suele «conformarse» con la prueba de alcohol.

Siempre es recomendable soplar cuando te lo indica un agente de la autoridad, aunque sepas que vas a dar positivo, pues de lo contrario, te imputará otro delito más, la negativa a realizar la prueba de alcoholemia del artículo 383 del Código Penal.

Este delito SIEMPRE lleva consigo prisión de 6 meses a 1 año y, además, retirada del carnet de conducir de 1 a 4 años.

Si al no soplar sumamos el delito de alcoholemia del artículo 379.2 del Código Penal hemos hecho un pan con unas tortas, pues nos quitarán el carnet de 1 a 4 años y además, nos pondrán una de estas tres penas:

  1. prisión de 3 a 6 meses.
  2. multa de 6 a 12 meses.
  3. Trabajos en beneficio de la comunidad (barrer una iglesia) de 31 a 90 días.

Cuando das positivo el policía te pregunta si tienes abogado y lo normal es que nadie conozca a uno por lo que pondrá en el atestado que se designe uno de oficio.

No te preocupes, si quieres puedes contratar los servicios de un abogado particular de tu confianza para que te asista en el jucio rápido por alcoholemia.

 

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