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Cuando se coge un coche bajo la influencia de los efectos de las bebidas alcohólicas podemos cometer un delito y no solo una sanción administrativa.
Del mismo modo, si nos vemos implicados en un accidente de circulación, si hay heridos, las consecuencias pueden ser nefastas puesto que nuestra vida tal y como la conocemos, muy probablemente, cambiará de manera radical, pero aún peor, si somos reincidentes en un delito de alcoholemia las penas aún serán superiores.
En los juzgados penales de toda España no es infrecuente que los conductores pasen una y otra vez para ser condenados por los mismos delitos contra la seguridad del tráfico.
La reincidencia está regulada en nuestro Código Penal en el artículo 22.8.
Las penas seran más duras por cometer el mismo delito de manera repetitiva.
Requisitos de la agravante de reincidencia
En primer lugar ha de darse una condena penal judicial que sea firme, es decir, que no existan recursos pendientes ni el Audiencia Provincial ni en otros Juzgados Superiores o bien que se acabara el plazo para recurrir.
En segundo lugar, debe tratarse de crímenes de naturaleza similar.
En tercer lugar que los antecedentes penales no se cancelaran.
En cuarto lugar, los delitos deben estar en el mismo título del Código Penal.
Si tus antecedentes penales no están cancelados y te han pillado en un control de alcoholemia tenemos un problema.
Como sabes te van a quitar el carnet de conducir, pero el juez puede decidir, además, entre ponerte una multa, trabajos en beneficio de la comunidad, o mandarte a prisión hasta 6 meses, siempre que no haya más delitos.
Es muy recomendable contar con la experiencia de un buen letrado experto en delitos contra la seguridad vial.
Podrán incoarse diligencias previas, o bien se tramitará por los cauces de un juicio rápido, dependiendo de si ha ocurrido un accidente o no.
Cómo se puede complicar un delito de alcoholemia
Un delito de alcoholemia se puede complicar dependiendo de lo siguiente:
- Si eres reincidente, es decir, si tienes antecedentes penales no cancelados.
- Si das positivo en la tasa de alcohol ( o drogas) como consecuencia de un accidente.
- Si hay heridos o fallecidos, por lo que estaremos ante tantos delitos de lesiones como personas heridas haya, o delitos de homicidio imprudente.
- Si te das a la fuga (delito de fuga).
- Si te imputan un delito de conducción temeraria.
- Si te imputan un delito de exceso de velocidad.
- Si conduces con el carnet retirado o sin puntos.
- Si te niegas a soplar en el etilómetro.
- Si atentas contra los policías.