Aquí estamos en la frontera entre la multa y el delito.
Se trata de conductas muy parecidas a las anteriores descritas pero con una diferencia sustancial.
Se pone en peligro la vida de los demás.
Hablamos de peligro en abstracto, sin concretar en una persona u otra.
Te pondré un ejemplo: circular a una velocidad de 100 km/h por un paso de peatones cuando no pasa nadie.
Aquí esta el detalle, pues si pasa alguien, el peligro es concreto, sobre alguién con nombre y apellidos y sería delito.
Por tanto, con esta conducta, también cometemos una infracción administrativa que se sanciona con una multa de 500 € y pérdida de 6 puntos del carné de conducir.