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El control de alcoholemia

Un control de alcoholemia, como su nombre indica, es una prueba para conocer la cantidad de alcohol en sangre que tiene una persona en un momento determinado.

Si no tienes carnet de conducir, probablemente jamás te harán un control de alcoholemia, pues se trata de una prueba que se hace bien de forma aleatoria a los conductores, bien en caso de accidente

En caso de accidente, ya sea entre dos vehículos, ya sea de un solo vehículo contra una pared o un árbol, siempre se va a practicar la prueba de alcoholemia.

Ello es así porque las autoridades tienen que asegurarse de que el accidente no se ha producido debido a que el conductor se encontraba bajo los efectos del alcohol (lo que supone una infracción administrativa o incluso un delito, según la cantidad de alcohol ingerida). 

Si das positivo, te citarán para un juicio rápido por alcoholemia o por drogas.

La policia enviará el atestado al juzgado de instrucción, que le servirá de base al fiscal para acusarte.

Es importante que cuentes con los servicios de un buen letrado experto en delitos contra la seguridad vial, sobre todo si tienes antecedentes penales, es decir, eres reincidentes, o si se ha producido un accidente con heridos o fallecidos, pues, en ese caso tendremos tantos delitos de lesiones como heridos haya y otro tanto con los delitos por homicidio.

Una de las principales causas de muerte en España en nuestra sociedad actual se concreta en los accidentes de tráfico.

Estudios científicos han demostrado que el tener una cierta tasa de alcohol en sangre supone una disminución en los reflejos de una persona.

Si me bebo cuatro cervezas, aunque piense que estoy perfectamente capacitada para conducir no lo estoy, pues tengo muchos menos reflejos que de costumbre, por lo que tengo una tendencia mayor a tener un accidente, al no poder reaccionar a tiempo. 

Podemos afirmar, por tanto, que existe una relación de causalidad entre la conducción bajo los efectos del alcohol y los números de muertes que se dan en accidentes de tráfico, de forma que éstos ocurren con mayor frecuencia cuando el conductor ha bebido más alcohol del que debía.

Es por ello por lo que nuestro ordenamiento trata de evitar la conducción bajo los efectos del alcohol, castigando tal conducta a través de infracciones administrativas e incluso penas, pues a partir de cierta tasa podemos hablar no solo de infracción administrativa sino de delito penal. 

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Pena de multa o de prisión

Por un lado, en vía administrativa hemos de diferenciar dos tipos de tasas, en función de si el conductor en cuestión es o no novel (es decir, lleva la “L”).

Es conductor novel todo el que haya obtenido su permiso de conducción desde hace menos de dos años.

Así, para los conductores en general se dispone una tasa alcohol en aire no superior a 0,25 miligramos por litro, o una tasa de alcohol en sangre no superior a los 0,50 miligramos por litro.

En el caso de conductores inexpertos, dicha tasa se reducirá a 0,30 miligramos por litro en sangre y 0,15 por litro en aire. 

Por otro lado, nuestro Código Penal considera que comete delito (debido a la elevada cantidad de alcohol ingerido) todo el que conduzca con una tasa de alcohol en aire superior a 0,60 miligramos por litro, o una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 miligramos por litro. El artículo 379.1 del Código establece que se retirará el carnet por un tiempo determinado a quien realice tal conducta, además de imponerle una pena de prisión o de multa, según las circunstancias concretas del caso. 

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