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Si te han parado en un control de alcoholemia, el policía te habrá «invitado» a realizar la prueba, es decir, soplar por el etilómetro.

Uno siempre tiene dos opciones, soplar o, no hacerlo.

Vamos con la segunda, si no soplas, se nos plantea un horizonte judicial bastante crudo, pues te van a imputar dos delitos de alcoholemia:

Uno por no soplar del artículo 383 de Código Penal y otro por el delito de alcoholemia del artículo 379.2 del Código Penal.

Pero vamos a suponer que soplas, aquí pueden pasar 3 cosas.

  1. Das una tasa de alcohol que no supera los 0,25 mg/l en aire espirado. Perfecto, podrás continuar la marcha sin problemas.
  2. Das una tasa que supera los 0,25 pero no llega al 0,60 mg/l en aire espirado. Tenemos un problema económico y otro administrativo. El primero se resolverá con dinero, pues te pondrán una multa administrativa que irá de los 500 € a los 1.000 €. Si pagas pronto, como sabes te hacen una rebaja. El segundo, (administrativo) es que te van a quitar entre 4 y 6 puntos del carnet.
  3. Das una tasa que supera los 0,60 mg/l en aire espirado. Tenemos un problema penal, vas a necesitar un abogado porque la policia elaborará un atestado que enviará al juzgado de guardia donde se incoarán diligencias urgentes por juicio rapido.

Lo que opinan nuestros clientes de JR Abogados

JR Abogados
4.9
Basado en 49 reseñas.
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Alex García
Alex García
19:44 24 Mar 21
Gran gestión del problema y excelente trabajo. Sin duda se percibe profesionalidad desde el primer momento. Siempre agradecido.
Sarita Garcia
Sarita Garcia
13:57 09 Mar 21
Excelente profesional, José Ramón en mi procedimiento ha realizado un trabajo impecable, ha conseguido más de lo que en un momento pedíamos.Sabe aconsejar lo que es mejor para el cliente y empatizar con el durante todo el proceso, ha entendiendo mis circunstancias personales en todo momento teniendo una paciencia considerable conmigo, lo recomiendo el 100%
Javier Alber
Javier Alber
12:24 04 Mar 21
Qué gran ayuda la de "JR Abogados". En momentos de angustia y dificultad, ha sido un placer contar con vosotros. Mil gracias!!!
Doris Gonzalez
Doris Gonzalez
13:59 23 Feb 21
Excelente profesional en la calidad de defensa demuestra interés por el clienteJosé Ramón se merece más de 5 estrellas es muy amable y atento con su laborLo recomiendo excelente persona
Guillermo May Morante
Guillermo May Morante
10:34 19 Feb 21
El trato y la calidad humana son cualidades que se están perdiendo en la sociedad actual.José Ramón ha hecho fácil lo que parecía difícil, ayudándome enormemente en mi circunstancia personal y consiguiendo objetivos por encima de las expectativas.Sin duda, un profesional a valorar muy positivamente.No le doy 6 estrellas porque no se puede.
Mauricio Odovaine
Mauricio Odovaine
03:13 18 Feb 21
Un servicio muy atento y profesional. Mi caso implicaba la complejidad de ser tramitado a través de un juzgado en pleno pico de infecciones por COVID, unido a la necesidad de documentación adicional requerida por otro país de la UE. El equipo de JR nos guió y apoyo a través de todo el proceso, el cual se ha resuelto con un nivel de esfuerzo muy bajo por nuestra parte. Lo recomiendo, y volvería a contar con sus servicios si fuera necesario.
Manuel Martos
Manuel Martos
18:59 10 Feb 21
Muy amable y profesional. Lo recomiendo totalmente.
Enrique Sanjose Hernandez
Enrique Sanjose Hernandez
17:12 16 Nov 20
Profesional excepcional. Trato muy humano que sabe tranquilizar (Como fue mi caso) y explicar eficazmente todos los pasos judiciales. Supo obtener un acuerdo muy safistifactorio. Mi gratitud y mi recomendación más sincera. Gracias José Ramón.
Juan Jose Gonzalez
Juan Jose Gonzalez
12:03 07 Nov 20
José Ramón me a llevado un caso de okupas en un piso de mis padres y la verdad que es un gran profesional y mucho más como persona, me ha tenido en todo momento informado y con las cosas muy claras. Recomiendo a este gran Profesional y yo si lo tuviera que necesitar me pondría otra vez en sus manos.
María del Carmen Zarzosa Diez
María del Carmen Zarzosa Diez
18:09 05 Nov 20
Respuesta rápida tanto telefónicamente como por WhatsApp, conversaciones cómodas imparciales en la escucha por parte del letrado, una clara exposición de respuesta y soluciones por parte del mismo.El trato personal excelente, te hace sentir tranquil@, la rapidez de los trámites ágiles, precio calidad inmejorable, sin presiones.Resumiendo un profesional en su trabajo y una persona sensible y realista.Sin duda recomendable.
Juan José Gámiz Cadenas
Juan José Gámiz Cadenas
19:21 12 Oct 20
Desde el primer momento que lo contacte para saber de sus servicio me explico claramente cómo iba a ser el proceso y que pasos había que seguir. En todo momento me sentí muy bien asesorado ante cualquier duda que tenía. Además de tener un trato humano y cercano. Lo recomiendo totalmente
Pablo Gil
Pablo Gil
13:57 28 Sep 20
Un profesional impecable, agradable, atento, te explica todo con pelos y señales... Me llevó un caso y me pareció increíble. Desde el minuto uno me informó de todo y le estoy muy agradecido por el resultado obtenido. De 10!!!
Más reseñas
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JR Abogados en Cadena Cope

Lo normal es que la propia policia te cite ese mismo día con un juzgado, un día y una hora.

A veces, te citan de un día para otro, otras veces tardan unos días, incluso semanas, dependerá de la agenda que tenga el juzgado.

La policia también elaborará una diligencia de síntomas, donde describirá cómo te encontrabas a su juicio, es decir, si bajo su punto de vista, estabas influido por el alcohol.

Lo habitual que suelen poner es: halitosis, ojos brillantes, cara enrojecida, habla pastosa, andar deambulante…

La prueba de cargo que existe en un juicio de alcoholemia suele ser la siguiente:

  1. Los tickets del etilómetro
  2. La diligencia de síntomas del policía.
  3. Testigos.

Con esas pruebas el fiscal tratará de conseguir una sentencia condenatoria.

Las penas por superar la tasa de alcohol son dobles, por un lado, siempre la retirada del carnet de 1 a 4 años. Es decir, más de 4 años no te pueden retirar el carnet, pero menos de 1 año tampoco.

Por otro lado, una de estas tres:

  1. Multa de 6 a 12 meses.
  2. Prisión de 3 a 6 meses.
  3. Trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
PENAS-POR-ALCOHOLEMIA-compressor.jpg

Las penas por no realizar la prueba de alcoholemia son las siguientes.
1. Retirada del permiso de circulación de 1 a 4 años y, además SIEMPRE prisión de 6 a 12 meses.

Por eso es importante soplar siempre, aunque des una tasa muy alta.

Es muy importante la tasa de alcohol.

No es lo mismo dar 0,64 mg/l en aire espirado que dar 0,85 mg/l en aire espirado.

De hecho, muchos fiscales solicitan pena de prisión cuando la tasa es muy elevada, sin tener en cuenta que exista reincidencia o que se haya producido un accidente de tráfico.

En el juicio rápido, muchas veces te sale rentable declararte culpable y reconocer los hechos para que hagan una rebaja en la condena. A ese se le llama conformidad.

De lo que te pida el fiscal, hay que quitarle un tercio, es decir, imagínate que te quieren quitar el carnet por 1 año, pues te «ahorrarías» 4 meses y te condenarían por 8 meses.

También la multa tendría la rebaja de un tercio.

Lo que no se rebaja es la indemnización en el caso de que haya lesiones, fallecidos o daños materiales.

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