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Estoy casado/o o tengo parja estable, vivimos juntos, pero nos hemos peleado.

Quiero cambiar la cerradura de mi casa para que no entre mi novio/marido ¿puedo?

¿Como algún delito? ¿Y si ya me he divorciado?

Qué pasa con las pertenencias del que se queda fuera?

Son muchos los divorcios donde existe una vivienda común.

Tampoco hace falta una separación para que exista un piso compartido con tu pareja.

Si tienes pareja, habéis discutido y la cosa no pinta bien, soluciones pueden ser:

  1. Estar en habitaciones separadas, compartiendo cocina, salón y baño.
  2. Volver a casa de tus padres
  3. Alquilarte una nueva vivienda, pero en muchos casos, esta opción está descartada.

Otra opción puede ser cambiar la cerradura y dejar a tu ex en la calle, así de simple.

Lo que opinan nuestros clientes de JR Abogados

JR Abogados
4.9
Basado en 49 reseñas.
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Alex García
Alex García
19:44 24 Mar 21
Gran gestión del problema y excelente trabajo. Sin duda se percibe profesionalidad desde el primer momento. Siempre agradecido.
Sarita Garcia
Sarita Garcia
13:57 09 Mar 21
Excelente profesional, José Ramón en mi procedimiento ha realizado un trabajo impecable, ha conseguido más de lo que en un momento pedíamos.Sabe aconsejar lo que es mejor para el cliente y empatizar con el durante todo el proceso, ha entendiendo mis circunstancias personales en todo momento teniendo una paciencia considerable conmigo, lo recomiendo el 100%
Javier Alber
Javier Alber
12:24 04 Mar 21
Qué gran ayuda la de "JR Abogados". En momentos de angustia y dificultad, ha sido un placer contar con vosotros. Mil gracias!!!
Doris Gonzalez
Doris Gonzalez
13:59 23 Feb 21
Excelente profesional en la calidad de defensa demuestra interés por el clienteJosé Ramón se merece más de 5 estrellas es muy amable y atento con su laborLo recomiendo excelente persona
Guillermo May Morante
Guillermo May Morante
10:34 19 Feb 21
El trato y la calidad humana son cualidades que se están perdiendo en la sociedad actual.José Ramón ha hecho fácil lo que parecía difícil, ayudándome enormemente en mi circunstancia personal y consiguiendo objetivos por encima de las expectativas.Sin duda, un profesional a valorar muy positivamente.No le doy 6 estrellas porque no se puede.
Mauricio Odovaine
Mauricio Odovaine
03:13 18 Feb 21
Un servicio muy atento y profesional. Mi caso implicaba la complejidad de ser tramitado a través de un juzgado en pleno pico de infecciones por COVID, unido a la necesidad de documentación adicional requerida por otro país de la UE. El equipo de JR nos guió y apoyo a través de todo el proceso, el cual se ha resuelto con un nivel de esfuerzo muy bajo por nuestra parte. Lo recomiendo, y volvería a contar con sus servicios si fuera necesario.
Manuel Martos
Manuel Martos
18:59 10 Feb 21
Muy amable y profesional. Lo recomiendo totalmente.
Enrique Sanjose Hernandez
Enrique Sanjose Hernandez
17:12 16 Nov 20
Profesional excepcional. Trato muy humano que sabe tranquilizar (Como fue mi caso) y explicar eficazmente todos los pasos judiciales. Supo obtener un acuerdo muy safistifactorio. Mi gratitud y mi recomendación más sincera. Gracias José Ramón.
Juan Jose Gonzalez
Juan Jose Gonzalez
12:03 07 Nov 20
José Ramón me a llevado un caso de okupas en un piso de mis padres y la verdad que es un gran profesional y mucho más como persona, me ha tenido en todo momento informado y con las cosas muy claras. Recomiendo a este gran Profesional y yo si lo tuviera que necesitar me pondría otra vez en sus manos.
María del Carmen Zarzosa Diez
María del Carmen Zarzosa Diez
18:09 05 Nov 20
Respuesta rápida tanto telefónicamente como por WhatsApp, conversaciones cómodas imparciales en la escucha por parte del letrado, una clara exposición de respuesta y soluciones por parte del mismo.El trato personal excelente, te hace sentir tranquil@, la rapidez de los trámites ágiles, precio calidad inmejorable, sin presiones.Resumiendo un profesional en su trabajo y una persona sensible y realista.Sin duda recomendable.
Juan José Gámiz Cadenas
Juan José Gámiz Cadenas
19:21 12 Oct 20
Desde el primer momento que lo contacte para saber de sus servicio me explico claramente cómo iba a ser el proceso y que pasos había que seguir. En todo momento me sentí muy bien asesorado ante cualquier duda que tenía. Además de tener un trato humano y cercano. Lo recomiendo totalmente
Pablo Gil
Pablo Gil
13:57 28 Sep 20
Un profesional impecable, agradable, atento, te explica todo con pelos y señales... Me llevó un caso y me pareció increíble. Desde el minuto uno me informó de todo y le estoy muy agradecido por el resultado obtenido. De 10!!!
Más reseñas
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Si en el matrimonio o en una pareja se discute y uno de ellos se va de casa, el otro puede aprovechar y llamar a un cerrajero para que proceda al cambio de cerradura y así evitar que el marido o la mujer vuelvan a entrar al domicilio.

Entiéndase de que nos referimos a parejas que no han «roto» definitivamente su vínculo cónyugal y cada cual rehizo su vida por su lado.

Hablamos de un «calentón» donde uno se va y el otro dice «hasa aquí hemos llegado, ya no entras en la casa», y lo hace sin avisar.

¿Cómo hay que actuar?

El primer paso es ver la situación legal del piso y el segundo si existe una sentencia de divorcio donde se dice qué va a pasar con el uso de la vivienda.

Con sentencia de divorcio

Si la pareja ya pasó por un juzgado de familia como consecuencia de una separación contenciosa o de mutuo acuerdo lo normal es que se diga en la misma a quién se atribuye el uso y disfrute del piso.

El usufructuario puede entonces cambiar sin problema la cerradura de la puerta si quiere hacerlo y sin necesidad de pedir permiso a su ex.

La otra parte ya no podrá entrar más en la vivienda sin el consentimiento de quien la habita.

Si dejaste cosas personales y quieres retirarlas tienes dos opciones, o que tu pareja te deje, o, en caso contrario, solicitar al juez permiso para hacerlo.

Sin sentencia de divorcio

Si no tenéis sentencia de divorcio o auto de medidas nada se puede hacer al respecto.

Ni uno ni otro pueden impedir que se entre a la casa.

Si uno de ellos quiere cambiar la cerradura de la puerta y dejar al otro en la calle, el que se queda fuera le podrá denunciar por un delito de coacciones.

La pena puede llegar hasta los 3 años de prisión.

La denuncia la puedes poner directamente en el juzgado o en cualquier comisaría.

Por tanto si cambias la cerradura cometes delito.

Pero no siempre el juez entenderá que existe delito, pues se tendrá en cuenta las circunstancias de cada caso para ver si existe coacción o hay razones de peso para cambiar la cserradura. 

No será igual dejar en la calle al marido tras un calentón, que dejar sin entrar al marido que ya se mudó hace uno días a otro apartamento.

Por tanto quien discute en pareja y se va a la oficina, a la obra, a  trabajar en definitiva y a su vuelta no puede entrar porque cambiaron la cerradura podrá denunciar los hechos y seguramente ganará el juicio porque se le prohíbe entrar en su casa.

Pero si alquien se fue para irse a vivir a otro lado no puede querer volver cuando quiera y entrometerse en la intimidad del otro, ya no es su hogar por que así lo quiso en su día.

En ese caso no existe coacción alguna, solo se protege la intimidad y no habrá delito.

Si el motivo del cambio de cerradura es por seguridad, tampoco habrá delito de coacciones.

Por ejemplo por un robo en el domilio o intento de ocupar la casa ilegalmente.

Un cónyuge puede cambiar la cerradura sin avisar al otro siquiera.

Tampoco en casos de malos tratos o violencia de género.

Enseres personales

Si el cambio de cerradura se ha producido y tienes todas tus pertenencias y enseres personales dentro tienes que solicitar al juez que te deje entrar para retirarlos.

Tu ropa, tus herramientas de trabajo, tus recuerdos, tus libros, tus ordenadores, tus documentos importantes…

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