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He pegado a mi
PAREJA
Todas las parejas discuten, es un hecho, pues la felicidad total no existe.
Pero las discusiones, siempre acaloradas, pueden traer consecuencias inesperadas.
Si has pegado a tu pareja lo primero que debemos saber es el sexo del agresor o agresora.
Si, apesar que nuestra constitución dice que no puede haber discriminación por razón de sexo es mentira. Sí que la hay.
Fíjate lo que dice la constitución, la ley de leyes.
Cualquier condena, por pequeña que sea, significa que tendrás antecedentes penales.
Ya no existen las faltas en el Código Penal español, desaparecieron en 2.015.
Si hay lesiones, entrarás en calabozo
Si la víctima de agresión es una mujer, es decir, tu pareja, tu novia, tu mujer, incluso si ha sido tu ex, entramos en el terreno de la Violencia de Género.
Si ella o un tercero interpone una denuncia, te llevarán directo a un juzgado de Violencia contra la Mujer.
Posiblemente, te pondrán los grilletes y te meterán en el calabozo, sobre todo, si presenta lesiones, aunque se trate de un delito leve.
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Si en cambio la agresión se produce por una mujer será muy complicado que entre en el calabozo y tampoco lo llevará un juzgado de Violencia.
Si la víctima, como digo, es un hombre, aunque tenga lesiones, podrá interponer la correspondiente denuncia en comisaría o incluso ir al juzgado de guardia.
El juzgado de instrucción incoará diligencias previas para saber qué es lo que ha pasado, basándose en la denuncia.
Lo que opinan nuestros clientes de JR Abogados
Delito de lesiones
Si como consecuencia de la discusión hay lesiones, porque así se acredita con el correspondiente parte médico, habrá un condena penal que puede ser una multa o prisión.
Hay lesiones muy graves que están penadas con hasta 12 años de cárcel.
En el delito de lesiones hay distintos grados, lesiones leves, lesiones graves y lesiones muy graves.
Delito de injurias o vejaciones injustas
Si insultas a tu pareja puedes ser condenado o condenada por un delito de injurias. También es llamado de delito de vejaciones injustas.
Es tan sencillo como decirle «eres un hijo de puta», «cabrón mal nacido», «cerdo de mierda», «miserable saco de mierda»…
El elenco de insultos en la lengua española es tan amplio que podríamos escribir hasta cansarnos.
Bien, todos esos insultos, tienen una condena penal.
Delito de amenazas
En la discusión también pueden haber amenazas. Es otro delito, el delito de amenazas.
Vamos a ver un ejemplo: «como te lleves al niño te majo, te juro que te corto el cuello»…..
No es necesario que las amenazas se hagan en persona, también pueden condenarte por hacerlas por mail, amenazas por whastaap, o por teléfono.
Normalmente, ese tipo de amenazas, va precedido o seguido de un insulto de un calibre importante, tipo «cabrona», «zorra», «hija de la gran puta»
Delito de coacciones
¿Qué es la coacción?
Es usar la violencia para evitar que una persona que haga algo que no está prohibido por la ley o para obligarle a hacer algo que no quiere, sea justo o injusto.
Por ejemplo, cortarle la luz de la casa, el agua, los suministros en general.
Es un delito de coacciones, penado con multa pero también con cárcel.
Delito de maltrato de obra
Dar un bofetón sin dejar una lesión es un delito de maltrato de obra.
Pero ojo, una cosa es un bofetón «suave» o un guantazo, llámalo como quieras, y otra, muy distinta es un puñetazo donde dejamos un moratón en el ojo.
Lo uno y lo otro son dos cosas totalmente distintas.