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Qué es un delito leve
Los delitos leves –antiguas faltas antes de 2.015– se enjuiciarán por un proceso similar a las vistas de faltas. Se enjuiciarán según los artículos 962 a 977 de la LECrim, siendo competentes los Juzgados de Instrucción (guardia) –o los Juzgados de Violencia de Género.
Si le han citado en un juzgado de instrucción de Madrid para un juicio leve debe saber lo siguiente.
- La ley no obliga a llevar abogado, pero podemos asegurarle que una vez entre en el juzgado, lo más seguro es que no se entere de nada, no sabrá qué decir, ni cómo actuar, es normal. Por eso es muy recomendable llevar un abogado penalista especialista en delitos leves para que proteja sus intereses.
- De avisar a su letrado con antelación para que sepa cómo defenderle.
- Podrá recurrir la sentencia en apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid.
Listado de delitos leves
Muchas faltas que existían en el Código Penal pasaron a ser multas administrativas, pero otras se convirtieron en delitos leves.
Veamos cuáles son a modo de resumen:
Art. 234.2 > hurto menos de 400€: CASTIGO: multa de 1 a tres 3 meses.
Artículo 147.3 del código penal: maltrato de obra, salvo en casos de victimas vulnerables: pena de multa de 1 a 2 meses.
Artículo 172.3 del Código Penal: coacciones leves: pena de multa de 1 a 3 meses.
Art. 245.2 > Usurpación de bien inmueble (okupas), pena de multa de 3 a 6 meses
Artículo 337.4 del Código Penal: maltrato de animales: pena de multa de 1 a 6 meses.
Art. 263 del Código Penal: daños menos de 400 €, pena de multa de 1 a 3 meses.
Art. 255.2 del Código penal, defraudación eléctrica menos de 400 €: pena de multa de 1 a 3 meses.
Art. 171.7 del Código Penal, amenazas leves: pena de multa de 1 a 3 meses.
Art. 337.bis del Código Penal abandono de animales: pena de multa de 1 a 6 meses.
Art. 556 párrafo 2º del Código Penal: falta de respeto y consideración a la autoridad en el ejercicio de sus funciones: pena de multa de 1 a 3 meses.
Art. 249 del Código Penal estafa menos de 400 €: pena de multa de 1 a 3 meses.
Art. 402.bis del Código Penal: uso de uniforme, pena de multa de 1 a 3 meses.
Art. 142.2 > homicidio por imprudencia menos grave: CASTIGO: multa de 3 a 18 meses.
Art. 147.2 > delito de lesiones de escasa gravedad, salvo en casos de victimas vulnerables: CASTIGO: multa de 1 a 3 meses.
Art. 152.2 > lesiones graves por imprudencia menos grave: CASTIGO: multa de 3 meses a 12 meses.
Art. 171.7 párrafo 2º > amenazas leves en violencia doméstica y de género: CASTIGO: localización permanente de cinco a 30 días, siempre en domicilio diferente y alejado del de la víctima, o trabajos en beneficio de la comunidad de 5 a treinta días, o multa de 1 a 4 meses.
Art. 172.3 párrafo 2º > coacciones leves en violencia doméstica y de género: CASTIGO: localización permanente de cinco a treinta días, siempre en domicilio diferente y alejado del de la víctima, o trabajos en beneficio de la comunidad de 5 a treinta días, o multa de 1 a 4 meses.
Art. 173.4 > injurias y vejaciones injustas; violencia de género y doméstica: CASTIGO: localización permanente de 5 a 30 días, siempre en domicilio diferente y alejado del de la víctima, o trabajos en beneficio de la comunidad de 5 a 30 días, o multa de 1 a 4meses.
Art. 203.2 –entrar o mantenerse en domicilio público, de escasa gravedad: CASTIGO: multa de 1 a 3 meses.
Art. 236.2 > hurto de cosa propia menos de 400€: CASTIGO: multa de 1 a 3 meses.
Art. 246.2 > alteración de lindes menos de 400 €: CASTIGO: multa de 1 a 3 meses.
Art. 247.2 > distracción de aguas menos de 400 €: CASTIGO: multa de 1 A 3 meses.
Art. 252.2 > administración desleal menos de 400 €: CASTIGO: multa de 1 a 3 meses.
Art. 253.2 > apropiación de cosa perdida o abandonada menos de 400 €: CASTIGO: multa de 1 a 3 meses.
Art. 254.2 > apropiación de cosa recibida menos de 400 €: CASTIGO: multa de 1 a 2 meses.
Art. 256.2 > defraudación en telecomunicaciones menos de 400 €: CASTIGO: multa de 1 a 3 meses.
Art. 270.2 párrafo 2º > delito contra la propiedad intelectual, de escasa gravedad: CASTIGO: multa de 1 a 6 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 60 días.
Art. 274.3 párrafo 2º > delito contra la propiedad industrial, de escasa gravedad: CASTIGO: multa de 1 a 6 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 60 días.
Art. 386 > distribución de moneda falsa menos de 400 €: CASTIGO: multa de 1 a 3 meses.
Art. 389 > distribución de sellos o efectos timbrados menos de 400 €: CASTIGO: multa de 1 a 3 meses.
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