Si se encuentra divorciado/a y las circustancias han cambiado, debe pedir una modificación de medidas al juez.
¿Dónde? En el mismo juzgado que conoció de su divorcio, separación o establecimiento de medidas paternofiliales.
Por ejemplo, se impuso una pensión de alimentos de 400 € por hijo que, a día de hoy es imposible cumplir.
Como no puede pagar, antes de que el otro progenitor le demande o denuncie por no pagar la pensión, debe anticiparse y presentar esta demanda.
Habrá algunas medidas que se extingan automáticamente con el paso del tiempo, como por ejemplo un régimen de visitas, o una pensión compensatoria temporal, pero, en cambio otras habrá que solicitarlo.
Lo que opinan nuestros clientes de JR Abogados
![Sarita Garcia Sarita Garcia](https://lh6.googleusercontent.com/-1OKNz_43M8E/AAAAAAAAAAI/AAAAAAAAAAA/AMZuuclSCz6jcJA-mH-E21542Ntd1xmskA/s56-c0x00000000-cc-rp-mo/photo.jpg)
![Javier Alber Javier Alber](https://lh6.googleusercontent.com/--6yxad5adPo/AAAAAAAAAAI/AAAAAAAAAAA/AMZuucmPLXBzhoFSmLVyMt7tSNIvwDhcLQ/s56-c0x00000000-cc-rp-mo/photo.jpg)
![Doris Gonzalez Doris Gonzalez](https://lh6.googleusercontent.com/-w2k4ve_Ijlc/AAAAAAAAAAI/AAAAAAAAAAA/AMZuuck0HJ6UbFgR-SzhkMpURQdWdu30cw/s56-c0x00000000-cc-rp-mo/photo.jpg)
![Manuel Martos Manuel Martos](https://lh3.googleusercontent.com/-Iyhm1guMdy0/AAAAAAAAAAI/AAAAAAAAAAA/AMZuuckUEolP-z_pkN8CjWFwsORi-_vMAw/s56-c0x00000000-cc-rp-mo/photo.jpg)
![Enrique Sanjose Hernandez Enrique Sanjose Hernandez](https://lh3.googleusercontent.com/-4CA5loD_kZA/AAAAAAAAAAI/AAAAAAAAAAA/AMZuucmcFVpK1GAmVqeNuc2KU4FZu_h-xQ/s56-c0x00000000-cc-rp-mo/photo.jpg)
![Juan Jose Gonzalez Juan Jose Gonzalez](https://lh6.googleusercontent.com/-CEYjomQHxnU/AAAAAAAAAAI/AAAAAAAAAAA/AMZuucmkR0Qh7WMX2NmwpK_sVUAbIk_ujA/s56-c0x00000000-cc-rp-mo/photo.jpg)
![María del Carmen Zarzosa Diez María del Carmen Zarzosa Diez](https://lh5.googleusercontent.com/-2luIcSKsQfY/AAAAAAAAAAI/AAAAAAAAAAA/AMZuuckdn8EKN-6oCIRAptlTWT1kY7y_9Q/s56-c0x00000000-cc-rp-mo/photo.jpg)
Hay dos formas de iniciar el proceso. Lo marca el artículo 775 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
- Por las buenas, es decir, de mutuo acuerdo entre los progenitores, acompañando un convenio regulador para su aprobación judicial.
- Por las malas, una modificación de medidas contenciosa, donde la parte interesada presenta una demanda frente a la otra, se celebrará un juicio y se dictará una sentencia.
Dicha sentencia es recurrible en apelación ante la Audiencia Provincial.
Requisitos de la modificación de medidas
1.- Que no tiene nada que ver el momento en el que se produce el divorcio con el actual, todo cambió mucho.
2.- Si las circunstancias han cambiado, este cambio debe ser sustancial, importante o fundamental.
3.- Que esta variación influye en lo que el juez tuvo en cuenta al adoptar las medidas.
4.- Que sea permanente y no provisional o transitoria.
5.- Que se trate de circunstancias que se producen tras el juicio de divorcio y, por tanto no se tuvieron en cuenta en el juicio