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Desahucio de ocupantes tras la compra de una vivienda y la prórroga de la moratoria
1. Introducción
El pasado 15 de mayo de 2024, el Gobierno aprobó una nueva prórroga de la moratoria de desahucios establecida en la Ley 1/2013, extendiendo su vigencia hasta el 15 de mayo de 2028. Esta medida, que protege a colectivos vulnerables en procedimientos de ejecución hipotecaria, afecta directamente a compradores de viviendas adquiridas tras una subasta judicial o una venta directa a fondos de inversión, quienes buscan recuperar la posesión del inmueble.
Si eres un particular que ha comprado una vivienda en esta situación y los antiguos propietarios u ocupantes se niegan a abandonarla, es crucial conocer las vías legales disponibles para proceder con el desahucio. En JR Abogados, somos expertos en procesos de recuperación de la posesión de inmuebles y te asesoramos para garantizar que puedas ejercer tu derecho de propiedad de manera eficaz y legal.
2. ¿Cómo afecta la prórroga de la moratoria al desahucio?
El Real Decreto-ley 1/2024, publicado el 15 de mayo de 2024, mantiene la suspensión de los lanzamientos sobre viviendas habituales para colectivos vulnerables en procedimientos de ejecución hipotecaria.
Sin embargo, la moratoria no impide el desahucio en todos los casos. Es fundamental diferenciar entre:
✅ Casos en los que la moratoria aplica: Si los ocupantes fueron propietarios originales de la vivienda y cumplen los requisitos de vulnerabilidad económica exigidos por la ley.
❌ Casos en los que no aplica: Cuando los ocupantes no cumplen los criterios de vulnerabilidad o si la vivienda ha sido adquirida por un particular que desea recuperarla y puede iniciar un desahucio por precario.
3. Alternativas legales para recuperar la posesión de la vivienda
Si has adquirido una vivienda con ocupantes que no tienen derecho a la moratoria o si ya ha finalizado el procedimiento de ejecución hipotecaria, puedes iniciar un procedimiento de desahucio por precario o un desahucio por expiración de contrato.
3.1. Desahucio por precario
Si los ocupantes no tienen ningún título legal para permanecer en la vivienda, el procedimiento más adecuado es el desahucio por precario. Este proceso judicial se basa en demostrar que el ocupante está en la vivienda sin derecho ni contrato y que el nuevo propietario tiene pleno derecho a recuperarla.
Pasos clave:
- Requerimiento extrajudicial: Se recomienda enviar un burofax exigiendo el desalojo voluntario.
- Demanda de desahucio: Si no abandonan el inmueble, se presenta una demanda ante el Juzgado de Primera Instancia.
- Juicio verbal: En la mayoría de los casos, es un procedimiento rápido.
- Lanzamiento: Si los ocupantes no se marchan tras la sentencia, se procede al desalojo forzoso.
3.2. Desahucio por expiración del contrato de alquiler
Si los ocupantes alegan que tienen un contrato de alquiler, es necesario analizar si este sigue vigente o si ha expirado. En caso de contrato vencido o nulo, se puede iniciar un desahucio por expiración del plazo contractual.
4. Importancia de contar con asesoría legal especializada
El proceso de desahucio puede ser complejo, especialmente con la moratoria vigente y posibles alegaciones de vulnerabilidad por parte de los ocupantes. Un error en la estrategia legal puede retrasar el procedimiento varios meses o incluso años.
En JR Abogados, te ofrecemos: ✔️ Asesoramiento sobre la mejor estrategia legal según tu caso. ✔️ Redacción de requerimientos extrajudiciales para agilizar el proceso. ✔️ Interposición de demandas de desahucio con rapidez y eficacia. ✔️ Defensa ante posibles alegaciones de vulnerabilidad de los ocupantes.
5. Conclusión
Si has comprado una vivienda ocupada y quieres recuperarla, es fundamental conocer qué vías legales están disponibles y cómo la moratoria afecta a tu situación. No todos los ocupantes están protegidos por esta prórroga, y en muchos casos se puede proceder con un desahucio por precario o por expiración de contrato.
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