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Abogados expertos en

negociación con okupas

objetivo: conseguir la posesión de su vivienda cuanto antes.

Contar con un despacho experto en desocupaciones es vital para conseguir la posesión de su vivienda. No corra riesgos innecesarios en el desalojo de okupas.

Nueva Ley antiokupas

En el año 2.018 se publica la Ley 5/2018, se llama Ley anti ocupas, y nace por la alarma social que se ha creado debido a la «impunidad» con la que personas entran en domicilios ajenos y campan a sus anchas en ellos.

Esta ley permite presentar demandas por los propietarios sin necesidad de identificar a los ocupas, algo que antes era necesario y permitía a estas personas retrasar sobre manera el proceso judicial.

Lo que opinan nuestros clientes de JR Abogados

JR Abogados
4.9
Basado en 49 reseñas.
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Alex García
Alex García
19:44 24 Mar 21
Gran gestión del problema y excelente trabajo. Sin duda se percibe profesionalidad desde el primer momento. Siempre agradecido.
Sarita Garcia
Sarita Garcia
13:57 09 Mar 21
Excelente profesional, José Ramón en mi procedimiento ha realizado un trabajo impecable, ha conseguido más de lo que en un momento pedíamos.Sabe aconsejar lo que es mejor para el cliente y empatizar con el durante todo el proceso, ha entendiendo mis circunstancias personales en todo momento teniendo una paciencia considerable conmigo, lo recomiendo el 100%
Javier Alber
Javier Alber
12:24 04 Mar 21
Qué gran ayuda la de "JR Abogados". En momentos de angustia y dificultad, ha sido un placer contar con vosotros. Mil gracias!!!
Doris Gonzalez
Doris Gonzalez
13:59 23 Feb 21
Excelente profesional en la calidad de defensa demuestra interés por el clienteJosé Ramón se merece más de 5 estrellas es muy amable y atento con su laborLo recomiendo excelente persona
Guillermo May Morante
Guillermo May Morante
10:34 19 Feb 21
El trato y la calidad humana son cualidades que se están perdiendo en la sociedad actual.José Ramón ha hecho fácil lo que parecía difícil, ayudándome enormemente en mi circunstancia personal y consiguiendo objetivos por encima de las expectativas.Sin duda, un profesional a valorar muy positivamente.No le doy 6 estrellas porque no se puede.
Mauricio Odovaine
Mauricio Odovaine
03:13 18 Feb 21
Un servicio muy atento y profesional. Mi caso implicaba la complejidad de ser tramitado a través de un juzgado en pleno pico de infecciones por COVID, unido a la necesidad de documentación adicional requerida por otro país de la UE. El equipo de JR nos guió y apoyo a través de todo el proceso, el cual se ha resuelto con un nivel de esfuerzo muy bajo por nuestra parte. Lo recomiendo, y volvería a contar con sus servicios si fuera necesario.
Manuel Martos
Manuel Martos
18:59 10 Feb 21
Muy amable y profesional. Lo recomiendo totalmente.
Enrique Sanjose Hernandez
Enrique Sanjose Hernandez
17:12 16 Nov 20
Profesional excepcional. Trato muy humano que sabe tranquilizar (Como fue mi caso) y explicar eficazmente todos los pasos judiciales. Supo obtener un acuerdo muy safistifactorio. Mi gratitud y mi recomendación más sincera. Gracias José Ramón.
Juan Jose Gonzalez
Juan Jose Gonzalez
12:03 07 Nov 20
José Ramón me a llevado un caso de okupas en un piso de mis padres y la verdad que es un gran profesional y mucho más como persona, me ha tenido en todo momento informado y con las cosas muy claras. Recomiendo a este gran Profesional y yo si lo tuviera que necesitar me pondría otra vez en sus manos.
María del Carmen Zarzosa Diez
María del Carmen Zarzosa Diez
18:09 05 Nov 20
Respuesta rápida tanto telefónicamente como por WhatsApp, conversaciones cómodas imparciales en la escucha por parte del letrado, una clara exposición de respuesta y soluciones por parte del mismo.El trato personal excelente, te hace sentir tranquil@, la rapidez de los trámites ágiles, precio calidad inmejorable, sin presiones.Resumiendo un profesional en su trabajo y una persona sensible y realista.Sin duda recomendable.
Juan José Gámiz Cadenas
Juan José Gámiz Cadenas
19:21 12 Oct 20
Desde el primer momento que lo contacte para saber de sus servicio me explico claramente cómo iba a ser el proceso y que pasos había que seguir. En todo momento me sentí muy bien asesorado ante cualquier duda que tenía. Además de tener un trato humano y cercano. Lo recomiendo totalmente
Pablo Gil
Pablo Gil
13:57 28 Sep 20
Un profesional impecable, agradable, atento, te explica todo con pelos y señales... Me llevó un caso y me pareció increíble. Desde el minuto uno me informó de todo y le estoy muy agradecido por el resultado obtenido. De 10!!!
Más reseñas
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Con una experiencia de 16 años en procesos de desahucios, JR Abogados, pone a su disposición todos sus conocimientos y habilidades para recuperar su vivienda lo antes posible.

Si su vivienda ha sido ocupada ilegalmente (técnicamente se conoce como usurpación de bien inmueble, existe un procedimiento sumario para recuperarla.

Este proceso solo es posible usarlo si no ha pasado un año desde la usurpación de la finca, en caso contrario, habrá que usar un procedimiendo de desahucio por precario o bien un proceso penal (el menos recomendable por ser un proceso que se dilata en el tiempo).

JR Abogados en equipo de investigación

Articulo 33 Constitucion Española

Se reconoce el derecho a la propiedad privada

JR Abogados en Antena 3

JR Abogados en Telecinco

telefono.jr-abogados

El fenómeno de la ocupación es una lacra social en España y su mayoría, los delincuentes no son familias vulnerables como ocurrió con la crisis del 2.008, sino personas que tratan de aprovecharse de un artículo del código penal, que castiga con una simple multa de 3 a 6 meses.

Por tanto, usurpar una vivienda ajena en España, a día de hoy, sale bastante barato para el okupa.

Solo para propietarios particulares

La nueva ley está pensada para personas físicas (particulares), entidades sin ánimo de lucro y entidades sociales, dejando de lado a los bancos y a las empresas (personas jurídicas).

Se trata por tanto de un «nuevo» procedimiento para desalojar okupas de una forma más rápida que la clásica demanda de desahucio por precario o demandar por usurpación de bien inmueble del artículo 245.2 del Código Penal.

Pide ya medidas cautelares penales para el desalojo inmediato

Poco a poco, las cosas se van poniendo feas para los okupas, pero sobre todo a la presión que los propios dueño y vecinos ejercen sobre las autoridades.

El pasado 15 de Septiembre de 2.020, la Fiscalía General del Estado ha dado una instrucción a todos sus fiscales para adoptar las medidas cautelares del artículo 13 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para impulsar el desalojo inmediato de los okupas ANTES de que acabe el procedimiento.

Si te interesa leer esta circular pincha aquí.

Ahora por tanto, el propietario tiene 2 opciones, la civil con el desahucio express de okupas y la penal del artículo 245.2 CP.

medidas cautelares desalojo de okupas
Medidas cautelares para el desalojo inmediato de okupas en su vivienda

Si la policía no «pilla» in fraganti a los okupas entrando en el inmueble, éstos constituirán su morada allí, y la única vía para recuperar la posesión del inmueble será la judicial.

Plazo de 5 días a los okupas para presentar contrato de alquiler

Si el dueño le pide al juzgado la entrega inmediata de la posesión de su inmueble, el juez dará 5 días de plazo a los okupas para que le presente un «título».

Este título, no es otra cosa que, o bien un contrato de alquiler, o bien una escritura pública de compraventa.

Si no lo tienen, o lo falsifican y el juzgado lo considera insuficiente, el Juzgado ordenará que se entrega de inmediato el piso o el local a su propietario, sin mas contemplaciones.

No hay recurso que valga

Contra la resolución del juzgado que ordena que se desaloje el inmueble y se restituya la posesión a su dueño, no cabe recurso alguno.

Se ha «capado» el «pataleo» de los okupas, sencillo.

Si no pueden estar ahí, a la calle.

Eso agiliza mucho los trámites por que, antes, acudían a abogados de oficio, que retrasaban con sus recursos el desalojo del inmueble.

Ahora, eso se acabó.

La demanda de desahucio contra los okupas

Si quieres ver una de nuestras últimas demandas presentadas en un Juzgado de Madrid contra unos ocupas ilegales puedes verla pinchando aquí.

JR Abogados antiokupas en Madrid

JR Abogados antiokupas en Alcalá de Henares

¿Se acuerdan de la Ley Corcuera?

La ley de la patada en la puerta. Fue declarada inconstitucional porque atentaba con la inviolabilidad del domicilio que reconoce el artículo 18 de la Constitución Española.

Hace ya muchos años, se publicó una ley que permitía a los cuerpos de policía entrar en un domicilio sin autorización judicial cuando tenían sospechas de un delito de narcotráfico.

Pero el Tribunal Constitucional la tumbó con el argumento de que atentaba contra una norma básica de la Constitución Española, concretamente el artículo 18.2 que declara la inviolabilidad del domicilio.

Pasado el tiempo hemos llegado a una situación en la que un okupa puede entrar en casa ajena, sin permiso y con violencia y parece que a los poderes públicos eso no les genera ninguna inquietud.

En otras palabras, pasamos en su día a impedir que la policía entre en una vivienda para impedir un delito a poner una alfombra roja a los delincuentes para que cometan otro. Es un sin sentido total y absoluto.

La impunidad que tienen los okupas en España es de tal calibre que muchos ciudadanos propietarios  cuestionan seriamente la utilidad de nuestros servidores públicos. No es una afirmación gratuita, simplemente es el «sentir» general de nuestros clientes, que están hartos de encontrarse desprotegidos e indefensos.

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