El día que tu inquilino te llamó para decir que había habido un incendio en la vivienda, el mundo se te vino abajo.
Lo primero fue la angustia: ¿Hay heridos? ¿Están todos bien?
Después, el horror: la cocina destruida, las paredes negras, el humo penetrando cada rincón, techos calcinados, cables derretidos…
Pero lo peor vino después: el inquilino se niega a irse, no asume responsabilidades y sigue ocupando tu vivienda, como si nada hubiera pasado.
¿Cómo es posible?
¿Cómo puede alguien causar semejante daño y continuar en el inmueble como si tuviera derecho a ello?
En JR Abogados llevamos más de 25 años ayudando a propietarios como tú. Y te decimos algo claro: no tienes por qué resignarte. La ley está de tu parte.
Incendio en una vivienda de alquiler: ¿cuándo puede considerarse negligencia?
En derecho civil y penal, se considera negligencia cuando una persona causa un daño por imprudencia, descuido o incumplimiento de sus obligaciones.
En el caso de un inquilino, hay muchas situaciones que pueden constituir negligencia grave:
- Dejar una vela encendida y ausentarse.
- Sobrecargar enchufes o usar regletas defectuosas.
- Fumar en la cama o tirar colillas sin apagar.
- Dejar comida cocinándose sin supervisión.
- Utilizar braseros, estufas o calefactores obsoletos sin protección.
- Tener instalaciones eléctricas manipuladas.
- Almacenar productos inflamables sin precaución.
Si el incendio se produce por estas causas y puede probarse, estamos ante una negligencia imputable.
Y eso abre la puerta al desahucio por incumplimiento grave de contrato.
¿Qué dice la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU)?
El artículo 27.2 de la LAU permite al arrendador resolver el contrato cuando el arrendatario causa daños en la finca o realiza actividades peligrosas, insalubres o ilícitas.
📌 El incendio por negligencia entra de lleno en esta causa legal.
Pero hay que actuar con estrategia y pruebas sólidas. Si no, el inquilino puede alegar que fue un accidente sin intención o culpar a terceros.
Aquí es donde entra JR Abogados.
¿Y si no hay contrato en vigor?
Si el contrato ha vencido o nunca existió (por ejemplo, en una ocupación consentida inicialmente), puedes actuar por desahucio por precario, alegando que:
- El uso de la vivienda ya no está justificado.
- Hay riesgo para el inmueble.
- Se han causado daños materiales.
- La relación jurídica ha quedado rota por el siniestro.
¿Qué pasos debes seguir si el inquilino ha causado un incendio?
1. Asegura la vivienda y documenta los daños
Lo primero es preservar el inmueble:
- Cambia cerraduras si hay riesgo inmediato.
- Evita que el inquilino manipule pruebas.
- Haz fotos y vídeos del estado tras el incendio.
- Conserva informes del seguro, bomberos o peritos.
🔍 En JR Abogados trabajamos con peritos independientes que valoran daños y acreditan la causa probable del fuego.
2. Solicita informe técnico (bomberos o aseguradora)
Este informe puede ser clave. Los cuerpos de bomberos o técnicos del seguro suelen determinar si el incendio fue:
- Intencionado.
- Fortuito.
- Por negligencia del ocupante.
Si el informe señala una causa evitable atribuible al inquilino, el contrato puede darse por resuelto.
3. Redacta y envía un burofax legal
Antes de demandar, la Ley exige requerimiento fehaciente.
El burofax debe incluir:
- Relato de los hechos.
- Referencia al contrato y cláusulas incumplidas.
- Solicitud de entrega de llaves.
- Plazo de 10 días para abandonar voluntariamente.
- Advertencia de acciones legales.
📩 Puedes hacerlo con nosotros:
https://burofaxabogado.es
4. Inicia demanda de desahucio por incumplimiento grave
Si el inquilino no se marcha, interponemos demanda por:
- Resolución del contrato (art. 27 LAU).
- Desahucio por daño o conducta peligrosa.
- Reclamación de daños y perjuicios, si procede.
Y además, solicitamos medidas urgentes si la vivienda está en riesgo o inhabitabilidad.
5. Reúne testigos o testimonios
Si hubo vecinos que vieron lo ocurrido o escucharon explosiones, peleas, advertencias previas… sus declaraciones pueden reforzar tu caso.
También puedes aportar:
- Conversaciones por WhatsApp.
- Comunicaciones anteriores.
- Informes del seguro que niegan cobertura por culpa del inquilino.
6. Actúa rápido: cada día cuenta
Cada día que pasa:
- El inmueble se deteriora más.
- El inquilino puede alegar arraigo.
- Puede intentar empadronar a hijos o familiares.
- El seguro puede cuestionar tu responsabilidad como propietario.
No esperes. No confíes en soluciones amistosas tras un incendio grave.
¿Y si el inquilino se declara vulnerable?
Muchos, tras causar un incendio, se escudan en la supuesta vulnerabilidad para frenar el desahucio.
Pero en JR Abogados sabemos cómo desmontar esa estrategia.
Si hay:
- Subarriendos.
- Ingresos no declarados.
- Falta de colaboración.
- Múltiples incidencias.
… el juez puede revocar la suspensión y permitir el desalojo.
Casos reales de JR Abogados
🔹 Caso 1: Getafe
Un inquilino olvidó una sartén al fuego. El incendio afectó a tres estancias. Alegó ser menor de edad y vulnerable. Descubrimos que alquilaba habitaciones por días. Se desestimó su oposición y se ejecutó el desahucio.
🔹 Caso 2: Usera
La vivienda ardió por un brasero antiguo. El contrato incluía cláusula expresa prohibiendo su uso. Aportamos fotos y grabaciones. El juez acordó la resolución inmediata del arrendamiento.
🔹 Caso 3: Valencia
Inquilino provocó incendio eléctrico manipulando la instalación. El seguro rechazó cubrirlo. Interpusimos demanda con peritaje y testigos. Desahucio en 4 meses y condena en costas.
¿Qué pasa si el inquilino no paga la reparación?
Además del desahucio, puedes reclamar:
- Gastos de reparación.
- Pérdida de valor del inmueble.
- Gastos de comunidad, suministros y limpieza.
- Daños morales si hay secuelas físicas o psicológicas.
En JR Abogados presentamos demanda acumulada para recuperar tu inversión.
¿Cuánto tarda y cuánto cuesta?
Con nosotros:
- El procedimiento puede resolverse en 5 a 8 meses, si no hay oposición.
- Coste desde 750 € + IVA, fraccionable.
- Primera consulta gratuita.
- Acceso online al expediente.
- Trato directo con tu abogado.
¿Necesitas actuar ya?
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Recuperar tu vivienda tras un incendio es posible. Pero necesitas apoyo legal firme, rápido y con experiencia.
Preguntas frecuentes
¿Y si el incendio no está claro quién lo causó?
Si hay indicios razonables de negligencia del inquilino, se puede iniciar procedimiento. El juez valorará todas las pruebas.
¿Puedo entrar al inmueble si está dañado?
Solo con autorización judicial o con presencia del inquilino. Te ayudamos a solicitarlo legalmente.
¿Qué pasa si se empadrona un menor después del incendio?
La presencia de menores no impide el desahucio. Solo retrasa el proceso para intervención de servicios sociales.
¿Y si el contrato aún está en vigor y solo quedan unos meses?
Puedes pedir la resolución anticipada si el daño es grave. No tienes por qué esperar al vencimiento.
¿Puedo vender el piso si sigue ocupado?
No es recomendable. Su valor baja drásticamente. Lo ideal es recuperar la posesión primero.


Un incendio puede arruinar tu propiedad. Pero lo que más daño hace es no actuar.
No permitas que quien ha destruido tu vivienda siga dentro sin pagar, sin reparar y sin asumir consecuencias.
En JR Abogados te defendemos con toda la ley y toda la fuerza de nuestros más de 25 años de experiencia.
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