¿Te sancionan por hacer una foto a un agente? Así puedes tumbar la multa con garantías

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Te llega una carta de la Delegación del Gobierno. Abres el sobre y lo primero que lees es: Propuesta de sanción por infracción del artículo 36.23 de la Ley de Seguridad Ciudadana. Te acusan de haber fotografiado o grabado a un policía sin su consentimiento, y encima, te amenazan con una multa de hasta 30.000 €. Sientes rabia, impotencia, desconcierto. ¿Cómo puede ser sancionable simplemente hacer una foto?

Si te reconoces en esta situación, no estás solo. En JR Abogados llevamos 25 años defendiendo a ciudadanos como tú ante sanciones injustas amparadas en una ley polémica que roza –cuando no vulnera directamente– derechos fundamentales como la libertad de información o la libertad de expresión.

Este artículo no solo te explica cómo recurrir la multa por fotografiar a un agente. Te da las claves para desmontarla legalmente con argumentos sólidos, jurisprudencia actual y, sobre todo, experiencia real de defensa.

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Maria Cabezas
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Un profesional brillante: rápido, eficaz y totalmente comprometido. Gracias a él he recuperado mi vivienda sin complicaciones. Su apoyo y su gestión han sido impecables. Lo recomiendo sin ninguna duda.
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Julian Fernandez Checa
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Formalidad y Seriedad Máxima, Muy Honestos y Responsables
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Andres Rodriguez
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Javier Castaño Fernàndez
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Son un gran equipo de profesionales, capaces, tecnicos y resolutivos.
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luz maria munoz garcia
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Agradecimiento a nuestro abogado José Ramón por hacernos tan cómodo un momento tan difícil de nuestras vidas como fue nuestro divorcio. Fue muy claro y cercano en todo el proceso. Nos sentimos muy tranquilos y agusto desde el primer momento. Es un gran profesional. Volveríamos a elegirle.
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Víctor Ruíz profile picture
Víctor Ruíz
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Excelente profesional. Demostró gran conocimiento y compromiso en todo momento. Gracias a su trabajo, obtuve un resultado muy favorable. Totalmente recomendable
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JUAN MANUEL DIAZ MONTERO profile picture
JUAN MANUEL DIAZ MONTERO
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Le pongo 5 estrellas por que es lo máximo que me deja poner , yo le pondría 10. Tenía el problema que la empresa no me pagaba la liquidacion ,y me puse en contacto con JR ABOGADOS ,en dos días ya estaba todo solucionado .
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Nieves Martinez Fernandez
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Por primera vez en mi larga vida he llamado a este Despacho de Abogados y aunque es difícil que a éstas alturas alguien te sorprenda, pues José Ramón, lo ha hecho con su asesoramiento, paciencia y empatía a mi consulta. Seguiré con Vds.Muchas gracias.
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¿Qué dice exactamente la ley?

La sanción suele basarse en el artículo 36.23 de la Ley Orgánica 4/2015 de Protección de la Seguridad Ciudadana (conocida como “Ley Mordaza”), que tipifica como infracción grave:

“El uso no autorizado de imágenes o datos personales o profesionales de autoridades o miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que pueda poner en peligro la seguridad personal o familiar de los agentes, de las instalaciones protegidas o en riesgo el éxito de una operación, con respeto al derecho fundamental a la información.”

Es decir, la ley no prohíbe por sí misma hacer fotos o vídeos, sino solo si ese uso puede generar un peligro real para el agente o sus funciones. Y aquí está la clave para tumbar tu multa: ¿cómo prueba la Administración que esa foto causó un perjuicio? Casi nunca puede.


¿Cuándo puede sancionarte realmente la Policía por hacer una foto?

Solo en estos casos muy concretos cabría una sanción con fundamento legal:

  • Fotografías que se difunden con intención de identificar a un agente encubierto.
  • Grabaciones que revelan tácticas policiales durante una operación en marcha.
  • Difusión con llamadas a la violencia contra agentes.

Todo lo demás entra dentro del ejercicio legítimo de derechos constitucionales. Si hiciste la foto desde la acera, durante una manifestación, o incluso ante una actuación policial desproporcionada, tu conducta es perfectamente legal. El problema es que muchas veces se sanciona “por sistema”, y luego el ciudadano tiene que demostrar su inocencia.


¿Por qué tantas de estas multas se anulan en vía judicial?

Porque la Administración suele caer en errores básicos, como:

  • Redacción genérica del atestado o denuncia, sin hechos concretos.
  • No existe prueba alguna de difusión de la imagen.
  • No se acredita daño ni peligro objetivo para el agente.
  • Vulneración del derecho fundamental a la información o a la defensa.

En JR Abogados hemos logrado anular decenas de sanciones por estos motivos. Basta con que el recurso esté bien argumentado, se presenten las pruebas adecuadas y se exija al órgano sancionador el cumplimiento estricto de sus obligaciones.


Casos reales en los que tumbamos la multa

✅ Cliente 1: Grabó con el móvil a un agente pidiendo el DNI a un menor

Durante una intervención policial en la calle, nuestro cliente grabó desde la acera cómo dos policías identificaban a un menor extranjero. El agente se acercó y le dijo que no podía grabar. Dos semanas después, multa de 601 €. Recurso presentado por JR Abogados alegando ejercicio del derecho a la información, ausencia de peligro objetivo y falta de prueba de difusión. Resultado: multa anulada.

✅ Cliente 2: Foto a un coche patrulla mal estacionado

Nuestro cliente publicó en redes una foto de un coche policial aparcado en un paso de peatones, con tono crítico. Le acusaron de “poner en riesgo la imagen de la Policía” y le multaron. Recurso presentado con base en la libertad de expresión y jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos: la crítica a poderes públicos no puede limitarse por la imagen institucional. Multa anulada.


¿Qué pasos debes seguir para recurrir con éxito?

1. No te precipites: analiza el expediente

Cuando te llegue la notificación, lee detenidamente todo el expediente sancionador. Suelen incluir una propuesta de sanción y el informe del agente. Anota fechas, hechos concretos que se te imputan y, si puedes, consigue pruebas que te respalden (vídeos, capturas, testigos…).

2. Plazos: actúa rápido

Desde que recibes la notificación, tienes 10 días hábiles para presentar alegaciones. Y si te llega ya la resolución con la sanción firme, puedes interponer recurso de reposición (1 mes) o ir directamente al contencioso-administrativo (2 meses).

3. Recurre con base legal sólida

Tu recurso debe argumentar que:

  • No hubo uso indebido de imágenes.
  • No se produjo peligro alguno para el agente.
  • El acto se encuadra en derechos constitucionales.
  • No hay pruebas válidas ni motivación suficiente.

En JR Abogados te ayudamos a redactar un recurso impecable que obligue a la Administración a recular.


¿Y si la multa ya es firme y no recurriste?

Aún tienes una última opción: el recurso extraordinario de revisión, en caso de que surjan nuevas pruebas, o la nulidad de pleno derecho si se vulneraron derechos fundamentales. En determinadas circunstancias, también cabe reclamar una indemnización si se causó un daño patrimonial o moral injustificado.


¿Te sientes indefenso? No estás solo. Hay solución.

Muchas personas aceptan la multa por miedo, desinformación o por no querer “líos”. Pero rendirse solo alimenta el abuso de poder. El sistema cuenta con que no recurras, que no sepas cómo hacerlo o que te quedes paralizado.

Y ahí es donde JR Abogados te da la ventaja: conocemos la ley, la jurisprudencia y los errores que comete la Administración. No permitas que un acto legal y pacífico, como grabar a un agente en la vía pública, se convierta en una mancha en tu historial o un golpe a tu bolsillo.


Llama hoy. Gana mañana.

📞 Llámanos al 647 33 52 43 o envíanos tu expediente escaneado a jr@jrabogados.es. Lo analizamos sin compromiso y te decimos, con claridad y sin rodeos, si puedes tumbar la multa.

Recuerda: no todo lo que dice la Policía es palabra divina. La ley está para protegerte a ti también.


Enlaces útiles


Preguntas frecuentes (FAQ)

¿Puedo grabar legalmente a un policía en la calle?
Sí, siempre que no interfieras en su actuación y no uses la imagen para causar un daño específico.

¿Necesito permiso del agente para grabarlo?
No. En vía pública, las grabaciones son legales si no vulneran derechos fundamentales ni hay riesgo evidente.

¿Qué multa me pueden imponer por esto?
Puede oscilar entre 601 y 30.000 euros. Pero en la mayoría de casos se impone la mínima (601 €).

¿Qué pasa si ya pagué con descuento por pronto pago?
No puedes recurrir. Si pagaste, el procedimiento se termina. Por eso es vital que no pagues sin consultar antes con un abogado.

¿Cuánto tarda en resolverse el recurso?
Depende, pero suele tardar entre 3 y 9 meses. Si se va al contencioso-administrativo, puede alargarse más, pero las probabilidades de anulación aumentan.

¿Puedo solicitar indemnización si me sancionan injustamente?
Sí, si puedes demostrar daño económico o vulneración de derechos, puedes reclamar responsabilidad patrimonial.

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Si has recibido una multa por hacer una foto a un agente, no te resignes. Tienes derechos. Y con JR Abogados, también tienes defensa.

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¿Te sancionan por hacer una foto a un agente? Así puedes tumbar la multa con garantías
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