Vendes tu coche, lo entregas con papeles firmados, incluso con contrato de compraventa… Y unas semanas después, empiezan a llegarte multas a casa: exceso de velocidad, ITV caducada, circular sin seguro, incluso sanciones por aparcamiento en otra ciudad.
¿Pero cómo puede ser? ¡Si ya no es tuyo!
Esta situación es mucho más común de lo que crees. Y si no actúas a tiempo, ese “coche fantasma” puede hundirte en sanciones, recargos, embargos y hasta problemas penales si hay delitos relacionados con el vehículo.
🚨 ¿Por qué siguen llegando multas si ya vendiste el coche?
Porque en España, mientras la Dirección General de Tráfico (DGT) no actualiza el nombre del titular en su base de datos, legalmente el coche sigue siendo tuyo.
Y eso significa que:
- Las multas siguen llegándote a ti.
- Si no las pagas, Hacienda o la Seguridad Social pueden embargarte.
- Y si el nuevo conductor comete un delito (huida, atropello, alcoholemia…), tú puedes acabar siendo investigado.
Por eso, vender el coche no es solo entregar las llaves y firmar un contrato, sino hacer una gestión legal completa para cerrar ese capítulo sin riesgos.
🔍 Las 3 causas más comunes por las que te llegan multas tras vender el coche
1. El comprador no ha hecho el cambio de titularidad
Es lo más frecuente. Te promete que lo hará “en unos días”, pero lo deja pasar. O peor aún: lo revende a otro sin ponerlo a su nombre.
2. No presentaste el “cambio de titularidad” en la Jefatura de Tráfico
Aunque firmaras contrato, si no se tramita en la DGT, para la administración sigues siendo el propietario.
3. Te han estafado con un contrato falso o incompleto
A veces el comprador entrega una fotocopia, pero no se queda con el original del contrato. O incluso falsifica la fecha para evitar responsabilidades.
📄 ¿Qué hacer si has vendido tu coche y recibes una multa?
Paso 1: No la ignores.
Una multa sin pagar se convierte en un problema mayor.
Pueden embargarte la cuenta, añadirte al registro de morosos e incluso restringir trámites como renovar tu carnet o matricular un coche nuevo.
Paso 2: Reúne toda la documentación.
Contrato de compraventa, justificantes de entrega, copia del DNI del comprador, fecha de la operación, etc.
Todo esto puede ayudarte a demostrar que el coche ya no estaba en tus manos.
Paso 3: Contacta con un abogado experto.
En JR Abogados estudiamos tu caso, te ayudamos a parar las sanciones injustas y redactamos un escrito legal fuerte para desvincularte del vehículo.
🧠 ¿Qué documentos necesitas para defenderte?
- Contrato de compraventa (con fecha y firma de ambas partes).
- Fotocopia del DNI del comprador.
- Justificante de pago (si lo hubo).
- Fotos de la entrega del coche, si las tienes.
- Declaración responsable de que ya no tienes el vehículo.
- Copia del permiso de circulación (si aún lo conservas).
Con todo eso, podemos:
✅ Redactar alegaciones ante la DGT o el Ayuntamiento.
✅ Solicitar la anulación de multas por falta de legitimación.
✅ Defenderte en vía contencioso-administrativa si el recurso es rechazado.
✅ Reclamar al comprador si hay perjuicios económicos.
⚖️ ¿Qué dice la ley?
Según el Reglamento General de Vehículos (RD 2822/1998), el vendedor tiene la obligación de notificar la venta del vehículo a la DGT en un plazo de 10 días desde la firma del contrato.
Ese trámite se llama “Notificación de venta” y puedes hacerlo presencialmente o por internet. Si no se hace, la DGT seguirá considerándote titular.
Además, según la Ley de Tráfico (Real Decreto Legislativo 6/2015), el responsable de una infracción es el titular del vehículo, salvo prueba en contrario.
➡️ Por tanto, si no haces la notificación o no acreditas la venta, la carga de la multa será tuya.
📉 ¿Qué pasa si no haces nada?
- Acumulas recargos del 20% al 100% sobre la multa.
- Hacienda o la Seguridad Social te embargan el importe directamente.
- Puedes entrar en registro de morosos (RAI, ASNEF).
- Si hay delitos, puedes ser citado como investigado penal.
- Pierdes puntos del carnet por una infracción que tú no cometiste.
Es decir: te comes un marrón que no te corresponde.
⚠️ ¿Y si el comprador ha revendido el coche sin cambiarlo de nombre?
Es peor. Porque entonces el coche puede pasar por 2, 3 o más manos sin que nadie haga el cambio en Tráfico.
Y tú seguirás figurando como propietario, incluso años después.
Muchos clientes nos han llegado con multas por coches que vendieron hace 5 o 10 años, porque nunca se hizo la notificación formal.
Si este es tu caso, necesitas un abogado que:
- Detecte la cadena de ventas.
- Solicite al Registro de la DGT la titularidad real.
- Demuestre que tú no tenías posesión ni control sobre el vehículo.
💬 Caso real: “Vendí mi coche por 1.200 € y terminé con 4.000 € en multas”
Pedro, cliente de JR Abogados, vendió su coche de segunda mano en buen estado. Firmó contrato, entregó las llaves, y pensó que el asunto estaba cerrado.
Dos meses después empezó a recibir multas: exceso de velocidad en Valencia, circular sin seguro, aparcamiento en zona verde en Madrid…
El coche, según DGT, seguía siendo suyo.
El comprador nunca cambió el titular, y lo revendió a otro. El coche pasó por 3 manos distintas… pero las sanciones todas iban a Pedro.
En JR Abogados conseguimos:
✅ Demostrar la fecha real de venta.
✅ Solicitar la baja temporal del coche para evitar más sanciones.
✅ Anular las multas acumuladas.
✅ Reclamar al comprador original por daños.
✅ ¿Qué podemos hacer desde JR Abogados?
- Localizamos y recopilamos todas las sanciones que han llegado.
- Redactamos un escrito jurídico sólido para acreditar que tú ya no eras el titular real.
- Solicitamos a la DGT la corrección de datos registrales.
- Interponemos recurso administrativo si la multa ya está en trámite.
- Si el comprador está localizable, reclamamos judicialmente los daños.
- Y si hay una cadena de reventas, solicitamos responsabilidad solidaria a los nuevos poseedores.
📌 Y sobre todo: te liberamos legalmente del problema para que no te vuelva a pasar.
📞 ¿Cómo contactarnos?
Estamos preparados para actuar de inmediato, incluso si ya te ha llegado la notificación de embargo.
Contáctanos hoy mismo:
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📞 Teléfono directo: 647 33 52 43
❓ Preguntas frecuentes
¿Y si no tengo el contrato de compraventa?
Podemos ayudarte a reconstruir la operación con otros indicios: conversaciones, testigos, pagos, etc. No estás desprotegido.
¿Puedo denunciar al comprador si me causa un perjuicio?
Sí, si ha actuado con negligencia o mala fe. Podemos presentar una demanda civil o incluso penal, según el caso.
¿Y si la multa ya está en vía ejecutiva?
Podemos alegar y pedir la nulidad por falta de responsabilidad objetiva. Aunque esté en fase avanzada, no es irreversible.
¿Debo ir a juicio?
En la mayoría de los casos lo resolvemos por vía administrativa o mediante escritos motivados, sin necesidad de juicio.
¿Qué plazo tengo para reaccionar?
El plazo para recurrir depende del estado del expediente. Lo ideal es contactar inmediatamente tras recibir la multa.


🛡️ Libérate del marrón legal y recupera tu tranquilidad
La venta de un coche debe ser un alivio, no una pesadilla.
Pero si alguien no ha hecho su parte o te ha dejado el problema encima, no estás solo.
En JR Abogados nos encargamos de todo el proceso, te asesoramos, te defendemos y te sacamos del embrollo legal.
👉 Hazlo bien. Hazlo ya. Hazlo con abogados.
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