Si piensas que tu pareja te engaña y quieres espiar sus conversaciones privadas de facebook, whatsapp, etc, ten mucho cuidado porque puedes acabar en prisión.
Te voy a mostrar un ejemplo real:
Una mujer sospechaba que su novio le era infiel, pero no tenía pruebas y quiso averiguarlo.
¿Cómo? Fácil, espiando su facebook.
Entró su su perfil en la red social y descubrió lo que se temía. Tenía una amante secreta y leyó todas sus conversaciones erótico/sexuales.
Pero como quería tener la «prueba del delito» hizo un pantallazo de la conversación y la compartío por whatsapp en un grupo que tenía con dos amigas.
También se lo envió a otro contacto por Facebook.
Lo que opinan nuestros clientes de JR Abogados
¿Qué paso en el juzgado?
Fue condenada por el Juzgado Penal a una pena de prisión de 2 años por leer sus conversaciones privadas y por hacer una captura de pantalla y compartirla con terceras personas.
La Audiencia Provincial confirmó la sentencia por un delito de descubrimiento y revelación de secretos.
La mujer recurrió y diciendo que se vulneró su presunción de inocencia ya que, según ella, su entonces pareja consiguió de forma ilegal el pantallazo de la conversación que ella misma hizo, pues accedió a su móvil para comprobar que ella le había espiado.
También alegó que su ex no tenía pruebas contra ella y pidió una atenuante de enajenación que no se tuvo en cuenta por el juez.
¿Qué dijo el novio?
También recurrió la sentencia, y solicitó a la Audiencia que subiera la pena a 4 años de cárcel al considerar la agravante de parentesco (llevaban 5 años de pareja).
También pidió una pena de alejamiento y prohibirla comunicarse con él, además de una indemnización de 12.000 € por daños.
Al final, ¿qué dijo la Audiencia?
- No se vulneró la presunción de inocencia de la mujer, ya que se acreditó la conversación «íntima y muy personal», que hizo una captura de pantalla y la difundió. Además en instrucción la declaración de la condenada, de sus testigos y de su prueba documental, quedan acreditados los hechos.
- El juzgado si apreció «dolo», ya que apoderarse de las conversaciones de su novio implica reflexión.
- No apreció la atenuante de enajenación mental.
- Al Audiencia no subió la pena a los 4 años como pedía el novio ya que en el momento de los hechos «iban y venían», no convivían juntos y, por tanto no había estabilidad.
Al final, la mujer fue condenada a pena de prisión de 2 años y le prohibieron acercase a su ex novio a menos de 100 metros los próximos 3 años.