Ganaste el juicio… ¿pero ahora también tienes que pagar más abogados?
Has ganado el juicio. La sentencia te da la razón. Y sin embargo, todavía tienes que iniciar una ejecución porque la otra parte no cumple voluntariamente. Lo lógico sería pensar: “si ya gané, no tengo que pagar nada más”.
Pero la realidad es que, incluso en la fase de ejecución, pueden imponerse nuevas costas procesales. Y si no lo haces bien, podrías asumirlas tú, aunque hayas sido el vencedor.
¿Qué son las costas en la ejecución de sentencia?
Las costas procesales son los gastos derivados del procedimiento judicial: honorarios de abogado, procurador, peritos, notificaciones, etc. En la fase de ejecución de sentencia, se generan nuevas actuaciones que también pueden dar lugar a costas adicionales.
Por tanto, hay que diferenciar entre las costas del juicio principal y las de la ejecución.
¿Quién paga las costas de la ejecución?
📌 Regla general (art. 539.2 LEC):
Las costas de la ejecución forzosa serán a cargo del ejecutado, salvo que se oponga con fundamento y sea estimada su oposición.
En otras palabras:
- Si ganaste el juicio y el condenado no cumple voluntariamente, puedes ejecutar la sentencia y reclamar también las costas de esa ejecución.
- El ejecutado moroso tendrá que pagar no solo lo que debía según sentencia, sino también:
- Intereses de demora
- Nuevos honorarios de abogado y procurador
- Costes de embargos, averiguaciones patrimoniales, etc.
¿Y si el ejecutado se opone a la ejecución?
Aquí entra un matiz importante:
- Si el ejecutado presenta una oposición fundada (por ejemplo, porque ya pagó, porque hay error en la cantidad, o porque la ejecución no procede por motivos legales), y el juez le da la razón, entonces:
- Tú puedes ser condenado en costas, aunque fueras el que ganó el juicio inicial.
Casos más comunes en los que el ejecutado paga las costas
✅ Se niega a pagar voluntariamente lo que dice la sentencia.
✅ Tienes que embargarle su nómina, cuenta o vivienda.
✅ No comparece ni se opone a la ejecución.
✅ Se opone sin fundamento y el juez desestima su oposición.
Casos en los que podrías acabar pagando tú
⚠️ Inicias una ejecución errónea (por ejemplo, con cantidades mal calculadas).
⚠️ El ejecutado prueba que ya pagó.
⚠️ Se considera que actuaste con temeridad o mala fe.
⚠️ La ejecución se presenta fuera de plazo o sin título ejecutable válido.
¿Cómo reclamar correctamente las costas de la ejecución?
Es fundamental incluir las costas en el escrito de demanda ejecutiva y calcular correctamente:
- Honorarios según criterios orientadores del colegio de abogados.
- Gastos procesales y de notificación.
- Intereses legales y costas devengadas desde la sentencia.
Un abogado experto se asegurará de que no se te escape nada y que el ejecutado pague hasta el último céntimo.
¿Y si la sentencia no habla de costas?
Aunque la sentencia no las mencione, si el ejecutado incumple y te ves obligado a ejecutar, puedes reclamarlas igualmente en esta nueva fase. Eso sí, hay que hacerlo bien desde el principio.
✅ Conclusión: no pierdas dinero después de ganar
Ganar un juicio no garantiza cobrar. Y ejecutar mal puede hacerte perder tiempo, dinero… y hasta pagar por algo que no te corresponde.
En JR Abogados te ayudamos a cobrar lo que te deben y a reclamar todas las costas, para que no pagues ni un euro de más tras haber ganado.
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Preguntas frecuentes
¿Se puede negociar las costas con la otra parte?
Sí, en algunas ocasiones es posible llegar a un acuerdo, pero debes tener asesoramiento legal para no renunciar a tus derechos.
¿Qué pasa si el ejecutado no tiene bienes?
La ejecución seguirá abierta, se solicitará averiguación patrimonial y se mantendrán los embargos futuros. También puedes registrar la deuda.
¿Se puede ejecutar solo por las costas?
Sí. Si la sentencia condena en costas y no se pagan, se puede iniciar una ejecución solo por ese concepto.


