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Manolo y Pepa son novios.

Pepa rompe la relación, no quiere seguir.

Manolo no lo acepta y quiere seguir “luchando” por ella.

Veamos lo que puede pasar en esta relación de ficción.

Todos los días nace el amor en una pareja, y todos los días también se acaba en otra.

Forma parte de la vida misma, como nacer y morir.

Antes o después todo tiene un final.

Cuando llega el fin de una relación de pareja, de un matrimonio pueden pasar dos cosas, que ambos lo acepten (divorcio), o sea uno solo el que lo haga.

En el ejemplo anterior, Manolo no lo acepta, no lo comprende, no lo asume y se resiste a que Pepa le deje.

Quiere luchar.

¿Cómo? Con los medios que tiene a su alcance, es decir, por medio del whatsapp y las redes sociales.

Pero, seguramente Manolo, y tampoco Pepa, hay una cosa que no saben, acosar por whatsapp también es un delito, lo sabemos muy bien en JR Abogados.

Acosar por Whatsapp es un delito. Las penas pueden llegar a los 2 años de prisión

Manolo le manda en un mes casi 500 mensajes de whatsapp.

Pero como Pepa no consta, Manolo usa otras herramientas, SMS, Facebook e Instagram.

Quiere volver con ella a toda costa.

Le confesaba su amor, le ruega retomar la relación y le decía lo felices que serían si se casaban.

Pero eso es un delito de acoso, tiene pena de prisión y asociada una pena de alejamiento y prohibición de comunicarse con Pepa por un periodo de tiempo.

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Los juzgados consideran que no es necesario que al víctima (Pepa) tenga que enviarle un burofax para indicarle que pare de enviarle mensajes.

Está claro que el silencio debe interpretarse como un NO, aunque el acosador interprete lo contrario.

Hoy día tenemos muy fácil comunicarnos con cualquiera, pero, en eset caso el uso de plataformas de mensajería o redes sociales no transforma la conducta de Manolo ni en normal ni en admisible, sobre todo si por parte de la víctima se evidencia su voluntad de no mantener ningún contacto con el acosador.

Como la diferencia entre el delito de acoso y el delito de coacciones es muy pequeña, los juzgados deben tener claro que se ha producido una alteración en la vida normal de la víctima para que catiguen por acoso.

Si no lo tienen claro, lo hacen por un delito de coacciones.

No obstante, este tipo de delitos de acoso, llevan aparejados otros muchos, como amenazas, injurias, sextorsión, descubrimiento y revelación de secretos, calumnias, ciberacoso, sexting

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