Negativa a realizar prueba alcoholemia en Toledo

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En Toledo los delitos de negativa a realizar la prueba de alcoholemia tienen lugar en los juzgados de instrucción  que se encuentran en   

Es necesaria la presencia de un abogado, si no conoces ninguno o no puede pagártelo, el estado te pondrá uno de oficio.
En JR Abogados llevamos más de 20 años defendiendo conductores en delitos contra la seguridad vial en Toledo.
 
El gran problema de no soplar en un control de alcoholemia o bien tras un accidente de tráfico está en que el fiscal, que es el encargado de ejercer la acusación penal contra el conductor te va a imputar dos delitos.
El primer delito es por no soplar en el etilómetro, es decir, por no someterte a las pruebas de alcoholemia de la policía.
Este delito se articula en el 383 del Código Penal, y SIEMPRE tiene una pena de prisión que va de los 6 meses a 12 meses.
Además, también te retirarán en carné de conducir de 1 año hasta 4 años.
 
Pero eso no es todo, también te imputarán el delito de conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas, lo que supone que te aplicarán el artículo 379. 2 del código penal que también tiene una pena doble, te la explico.
Por un lado te quitarán el carnet de 1 año a 4 años.
Por otro, te impondrán una de estas tres condenas:
1. Cárcel de 3 a 6 meses.
2. Multa de 6 meses a un año.
3. Trabajos en beneficio de la comunidad de 31 días a 90 días.

Es muy recomendable contratar los servicios de un abogado penista especialista en delitos de tráfico en Toledo, ya que las consecuencias pueden ser terribles tanto para tu trabajo como para tu vida personal.

Además, si tienes antecedentes penales todo se puede complicar ya que se te aplicará la agravante de reincidencia lo que va a suponer que la pena se te impondrá superior en grado.

Esto significa que como mínimo, te van a quitar el carnet 2 años y 6 meses.

No obstante es importante que tu abogado te explique los beneficios de la «conformidad penal». Significa reconocer los hechos que obran en el atestado y así, tener una rebaja de la condena solicitada en un tercio, es decir, que si te piden un año de retirada del carnet de conducir se que quedará en 8 meses, y si te piden 2 años y 6 meses de retirada del carnet, se te quedará en 20 meses.

También es muy peligroso tener un accidente con el coche y dar positivo en alcoholemia, por que serás responsable de los daños causados y las indemnizaciones, que pueden ser millonarias, saldrán de tu bolsillo.

Aunque tengas en vigor el seguro de tu automóvil, este no cubre los positivos en alcoholemia, y por tanto, aun siendo el seguro el responsable civil directo del siniestro y tendrá que pagar por ello, luego repetirá contra ti todo lo desembolsado.

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Además, una tasa de alcohol elevada, puede acabar con tus huesos en prisión, incluso se haber tenido un accidente de tráfico y sin ser reincidente.

Muchos fiscales, están pidiendo prisión cuando la tasa de alcohol supera los 0,90 mg/l en aire espirado.

Como sabes, la tasa máxima de alcohol que puedes dar son 0,60 mg/l en aire espirado, pero si tienes un accidente la tasa para que sea delito baja a 0,40 mg/l en aire espirado.

JR Abogados en Cadena COPE

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Tienes derecho a una prueba de contraste si das positivo que te harán en un centro médico, pero si das positivo, tendrás que pagarla (300 €).

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