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Abogado por delito de alcoholemia en Madrid
En los juzgados de Plaza de Castilla de Madrid se sustancian todos los juicios rápidos por alcoholemia que se producen en la capital.
Si le han citado para un juicio rápido por conducir bajo la influencia de las bebidas alcohólicas tendrá que acudir al juzgado que se encuentre de guardia el día de la citación.
Mire usted la citación, le pondrá una letra, la «B», la «C» o la «D».
Pero no existe ningún juzgado que tenga una letra, todos los juzgados tienen un número.
¿por qué hacen esto?
En Madrid capital hay 54 Juzgados de instrucción y, cada día, de esos 54 juzgados, hay tres juzgados de guardia. Si el lunes los juzgados de guardia son el 20, el 11 y el 34, ese lunes se hará un sorteo a las 9:30 horas de todos los procesos que existan.
A cada uno de esos 3 juzgados le corresponderá una letra (B,C o D), de tal manera que las citaciones para los juicios por alcoholemia que tengan la letra B, le habrá tocado, por ejemplo, el juzgado 20, las citaciones que tengan la letra C, iran con el juzgado 11 y las citaciones que tengan la letra D les corresponderá el juzgado 34.
De esta manera, nadie sabe hasta el día del juicio, a qué juzgado le ha tocado.
No obstante, tenga en cuenta que esta situación solo se da cuando no existe un accidente con daños materiales, lesionados o fallecidos.
En el caso anterior, se incoarían diligencias previas y se le citaría primeramente, no para un juicio rápido, sino para una declaración, es decir, no le quitarían el carnet.
Lo que opinan nuestros clientes de JR Abogados
No es habitual que por un delito de alcoholemia en Madrid sea usted detenido.
No obstante, puede ser que le ingresen en el calabozo si de dan, a mayores, algunas de estas circunstancias:
- Accidente muy grave.
- Delito de desobediencia o atentado contra la autoridad.
- Negativa a realizar la prueba de alcoholemia.
- Delito de abandono del lugar del accidente.
- Delito de conducción temeraria.
- Delito de exceso de velocidad.
- Delito de conducir sin carnet.
De ahí que si quiere ser asistido por un abogado privado especialista en delitos contra la seguridad vial tendrá que contratarlo ANTES de la fecha de juicio, en caso contrario, le darán uno de oficio.
Si deseara que JR Abogados le defendiera, es tan fácil como ponerse en contacto con nosotros para que avisemos a los juzgados de que usted va con letrado particular.
De esta manera no le pondrán un abogado de oficio.
En nuestro bufete, llevamos 25 años defendiendo a conductores por delitos contra la seguridad vial, siendo la gran mayoría de éstos conductores profesionales.
Las preocupaciones y angustias de nuestros clientes cuando tienen que enfrentarse a un delito penal por alcoholemia se acrecientan cuando se dan estas circunstancias:
- Tasa de alcohol muy elevada.
- Son recincidentes (con antecedentes penales no cancelados).
- Han tenido un accidente grave.
- Se han negado realizar la prueba de alcoholemia (en cuyo caso siempre hay petición de prisión de 6 meses a un año).
JR Abogados en CADENA COPE - alcoholemias
Es habitual que si en un control de alcoholemia ha dado positivo, y va usted solo en el vehículo, éste quede inmovilizado.
También habrá recibido una multa por superar la tasa de alcohol permitida. Esta multa, si lo mandan para el juzgado, no tendrá que pagarla si acaba usted condenado por el juez.
Si saliera usted absuelto, entonces, si tendría que abonarla.
La razón por la que no debe pagarla es porque no se puede sancionar a un persona por la via administrativa y por la vía penal, es decir, un mismo hecho no puede tener una doble pena.
Si contrata los servicios de JR Abogados, le aseguramos que tendrá la máxima defensa penal, es decir, si vemos que el atestado policial tiene algún defecto formal o se han vulnerado sus derechos, le garantizamos que lucharemos por la absolución para que no le retiren el carnet de conducir.