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Injurias en internet
Si estás leyendo este artículo quizá sea por dos motivos:
- Te están insultando por las redes sociales
- El que insulta eres tú y estás buscando en internet lo que te puede pasar si te denuncian.
Si eres de los segundos, recuerda el refranero popular español «tanto va el cántaro a la fuente que acaba por romperse», lo pillas ¿verdad?
La redes sociales como Facebook, YouTube, Instagram o Twitter, nos permiten mostrar nuestra opinión sobre cualquier tema.
Fantástico, nunca antes en la historia de la humanidad el ser humano pudo expresar sus opiniones sobre un asunto y que puedan difundirse tan rápidamente y ante tanto público.
Cientos, miles o millones de personas pueden leer o escuchar lo que cualquier ciudadano suba a las redes sociales.
Pero una cosa es opinar y otra muy distinta es injuriar o insultar con tus comentarios a una persona o empresa.
Es decir, internet no puede ser el caldo de cultivo para que ciertas personas, amparándose en el «supuesto» anonimato de la red, atenten contra el honor, la dignidad, o la propia imagen de nadie.
Las redes sociales se han convertido en poco menos que la barra de un bar donde se difama y se agrede verbalmente a cualquier ciudadano con publicaciones ofensivas.
No todo vale en las redes sociales.
Lo que opinan nuestros clientes de JR Abogados
Derecho al honor y libertad de expresión
Los/las que insultan piensan que les ampara la libertad de expresión y, por tanto, pueden decir lo que quieran, porque es su derecho.
Pero bien es sabido que el derecho de uno termina donde comienza el derecho de otro.
Y el otro derecho es el derecho al honor, que como la libertad de expresión es un derecho fundamental recogido en el artículo 18 de la Constitución Española.
Se produce un choque entre dos derechos fundamentales.
Anonimato en la red
Muchas personas piensan que nadie va a sabe que han sido ellos los que han estado insultando a tal persona a través de las redes sociales.
Qué ingenuos son, hoy día, el rastreo de IP´s es tan fácil, que se tardarían pocos minutos para averiguar desde qué ordenador has publicado unos insultos.
Solo hay una forma de que no te pillen, y no creas que te la voy a decir.
Verás, es necesario que te pillen, es necesario que alguien te siente ante un tribunal penal, que te juzguen y que te condenen.
Es importante que el conjunto de la sociedad vea que uno no se puede sentar cómodamente frente al ordenador y empezar a agredir a otras personas por simple entretenimiento, porque le caen mal, porque opinan distinto, porque son de otro partido político, por lo que sea.
La Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y la propia imagen, da una protección vía civil a estos derechos frente los ataques queextralimitan al derecho a la libre expresión. Se protege:
- La difusión de datps relativos a la vida privada de un individuo que afecten a su honor.
- La revelar información privada de cualquier persona conocidos por actividad profesional u oficial de quien los difunde.
- La captación, reproducción o publicación de fotos o vídeos de una persona en lugares o momentos de su vida privada o fuera de ellos, salvo los casos previstos en el artículo 8.2.
- La difusión de frases o hechos sobre una persona cuando la difame.
Cómo defenderse de insultos por internet
Paso 1.- Avisar a la otra persona que se está agrediendo a su honor, su intimidad o su propia imagen (artículo 18 de la Constitución Española) y que deje de insultar y retire los insultos de la red.
Paso 2.- Como seguramente el personaje se pondrá «bravo», habrá que dar un pasito más mediante un requerimiento desde el despacho de tu abogado. Es algo mucho más oficial y el sujeto se da cuenta de que te estás gastando el dinero para poner límite al despropósito de su comentarios vejatorios. Suele ser «mano de santo» en muchas ocasiones.
Paso 3.- El individuo sigue en sus trece, porque cree que la libertad de expresión le ampara y por tanto cree que no serás tu el que le haga callar. En este caso, vamos directos al juzgado, bien en la vía penal con una querella criminal por injurias (o/y calumnias) bien por la vía civil.
Paso 4.- Si persiste, será mejor la víctima le envíe otro «regalito» en forma de demanda de acoso o ciberacoso, donde ya estamos hablando de penas de prisión que van de los 3 meses a los 2 años. Es lo que tiene ser duro de mollera.
Pruebas, pruebas, pruebas...
Si tienes pensado defenderte del personaje que no para de difamarte de forma constante te diré lo que tienes que hacer:
Vas a crear una carpeta donde vas a ir recopilando todo lo que se vaya diciendo de ti y que agreda a tu honor, tu dignidad como persona.
Capturas de pantalla, mensajes de whatsapp, audios, fotos o vídeos.
Lo vamos a necesitar.
Ten presente una cosa, en un juicio, un abogado sin pruebas es como una pistola sin balas, no sirve para nada.
Por tanto si vamos a ir a la guerra (en sentido figurado claro está) vamos a intentar no ir con un «tirachinas», porque lo más probable es que perdamos el tiempo y el dinero.
Delito de injurias
Como el derecho al insulto no está recogido en la Constitución Española, tenemos el delito de injurias (insultos).
Es importante hacer saber a ciertos individuos/as que insultar no sale gratis.
Delito de calumnias
Muchas veces las injurias van asociadas al delito de calumnias.
Es calumnia la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad.
Difusión de fotos o vídeos eróticos
Si además de insultarte en instagram, la persona publica sin tu consentimiento fotos o vídeos personales tuyos estará cometiendo otro delito.
Se llama sexting, y el delito que comete es el descubrimiento y revelación de secretos del artículo 197.7 del Código Penal y si, también tiene pena de prisión, hasta un añito.