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El divorcio notarial en Madrid

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Divorcio notarial en Madrid

Que es

El divorcio notarial se establece en el año 2.015 y a través de el, una pareja puede divorciarse en cuestión de días sin necesidad de pasar por el juzgado. La ley que lo hace posible es la La Ley 15/2015, de 2 de julio, de Jurisdicción Voluntaria.

Que diferencia hay entre el divorcio notarial y el divorcio express judicial

La primera diferencia es que el divorcio judicial es gratuito, es decir, el juez no puede cobrar por emitir una sentencia de divorcio, en cambio el notario si lo hace. Recuerde que el divorcio judicial puede ser una separación amistosa o un divorcio contencioso.

En el juzgado se necesita presentar una demanda que debe estar firmada por un abogado y un procurador, en cambio cuando nos divorciamos ante notario no necesitamos presentar ninguna demanda.

En el juzgado necesitamos un procurador para divorciarnos, en el notario en cambio solo necesitamos a un abogado.

El plazo para tener una sentencia de divorcio en el juzgado esta entre 2 y 3 meses, en cambio en el notario en 2 o 3 días podemos tener nuestra escritura de divorcio o separación.

En un divorcio judicial el abogado no necesita firmar la Sentencia de divorcio, en cambio en un divorcio ante notario el letrado debe, en primer lugar, estar presente en la firma, y en segundo lugar, firmar la escritura pública de divorcio.

Precio del Notario

El notario cobra unos honorarios por la tramitación del divorcio, normalmente suele ser unos 200 € aproximadamente, aunque dependerá de las hojas de la escritura.

El divorcio notarial es una escritura sin precio prefijado, y los notarios suelen cobrar unos 30 €, ahora bien, a eso, el notario añade los folios adicionales que dependen de la extensión del convenio regulador, a lo que hay que sumar sus copias autorizadas, y el coste por testimonio de la documentación entregada a la Notaria y la diligencia de aprobación del convenio regulador.

Obviamente esos precios son los que cobra el Notario por el divorcio, no estando incluidos ni los gastos del abogado que decidan las partes, ni el coste de la liquidación del régimen económico matrimonial.

Al precio del notario hay que sumarle los honorarios del abogado que debe preparar el convenio regulador, y toda la documentación necesaria, además de asistir el día de la firma a la notaría.

Se puede decir entonces que una pareja puede estar divorciada antes por el notario, si paga por su divorcio, algunos no lo consideran justo por considerar que existe una justicia para pobres y otra para ricos.

Precio del abogado

  • Por la asistencia a la notaría 125 € por cada cónyuge.
  • Por la elaboración el Convenio Regulador de divorcio 125 € por cada cónyuge (sin liquidar bienes gananciales)

No obstante, JR Abogados se encarga de todo por un precio de 175 € por cada cónyuge.

precio divorcio notarial

Requisitos

  1. Estar casado por lo menos 3 meses
  2. El divorcio ha de ser de mutuo acuerdo
  3. No tener hijos o que los mismos sean mayores de edad y se entren independizados económicamente.
  4. La notaria debe estar en la demarcación judicial que corresponda al domicilio de cualquier de los cónyuges o al ultimo domicilio conyugal.

  

Documentación necesaria

  1. Convenio regulador redactado por abogado
  2. Certificado de matrimonio literal que no se encuentre caducado.
  3. Certificado de empadronamiento de alguno de los cónyuges.
  4. Certificado de nacimiento de los hijos si son mayores de edad y se encuentran independizados económicamente.
  5. Capitulaciones matrimoniales y la pareja se encuentra en separación de bienes.

Procedimiento del divorcio ante notario

Puede usted decidir si JR Abogados además de redactar el convenio regulador, le acompaña a la notaría el día de la firma del divorcio, si es así, aclararemos con ustedes todos los aspectos necesarios y le resolveremos todas las dudas, se redactará el Convenio correspondiente y nos encargaremos de pedir cita en la notaría correspondiente para acompañarles el día de la firma, una vez allí se firmará ante notario la escritura de divorcio y se remitirá telemáticamente al Registro Civil (según el artículo 61 de la Ley del Registro Civil) algo que por el momento no es posible por ausencia de medios en la Administración, por lo que, como hemos dicho con anterioridad, se enviará por valija.

Si se liquidan los bienes gananciales en el Convenio Regulador y se hace un reparto al 50% entre ambos cónyuges se estará exento de pagar el impuesto Transmisiones Patrimoniales y Actos jurídicos documentados, para lo que tenemos 30 días hábiles. También está exento del Impuesto Sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.

Los bienes inmuebles podrán inscribirse en el Registro de la Propiedad correspondiente, si así lo deciden los adjudicatarios de los mismos.

No obstante, es posible que usted solo quiera que le acompañemos a la Notaría (al ser obligatoria la firma de un letrado en la escritura), para lo cual ha de llamarnos con antelación para confirmarnos el día, la hora y la notaría donde se realizará la firma.

Si, en cambio, desea que le redactemos solamente el Convenio Regulador de su divorcio ante notario, llámenos para indicarnos los detalles, el documento se le podrá enviar vía e-mail o bien se le podrá entregar en papel en nuestro despacho de Madrid o de Alcalá de Henares.

proceso de divorcio notarial

Los hijos mayores ¿pueden negarse?

Si hay hijos menores de edad, es imposible acudir a un notario para solicitar la disolución del matrimonio por divorcio, pero, en cambio, si los hijos son mayores, si cabe esta posibilidad.

En el caso de que existan hijos mayores que convivan en el domicilio conyugal por carecer de independencia económica (por lo que es posible establecer una pensión de alimentos para ellos en el convenio regulador), éstos deben obligatoriamente ir a la notaría y expresar su consentimiento al divorcio, pues en caso contrario, es decir, se negaran, ustedes no podrán divorciarse.

El notario puede negarse a firmar el divorcio

El notario puede y debe supervisar el contenido del convenio regulador, de tal manera que si detecta en alguna de las cláusulas que puede haber un perjuicio grave para algún cónyuge o bien para los hijos (mayores dependientes o bien emancipados) no se firmará el divorcio.

Solo queda entonces acudir a la vía judicial donde será en Juez quien determine si existe perjuicio grave o no a uno de los cónyuges.

Inconvenientes del divorcio notarial

No obstante, hay una pega que no todo el mundo sabe o no todo el mundo cuenta. Cuando los cónyuges salen del notario, y piden una copia simple de su escritura de divorcio (suele costar unos 16 €) pueden decir que están divorciados, pero no es así frente a terceros hasta que dicha escritura se anote en el Registro Civil correspondiente, que no es otro que aquel donde registraron su matrimonio. El notario, entonces, envía la documentación vía valija (no existe intercambio telemático) al Registro y este, inscribe el divorcio en el margen izquierdo del certificado de matrimonio. ¿Cuanto tarda en hacer esto? Pueden pasar fácilmente cuatro o cinco meses.

Modificar un Convenio firmado ante Notario

Si, es posible modificar un Convenio Regulador firmado notarialmente, no hay ningún problema, pero los cambios deben realizarse en la misma notaría que se firmó el principal (art 61 Ley Enjuiciamiento Civil, y art 8 Ley Jurisdicción Voluntaria).

Del mismo modo, debe estar presente en la firma un letrado.

JR Abogados y el divorcio Notarial en Madrid

Si esta usted pensando en realizar un divorcio notarial, consulte con un abogado especialista en derecho de familia, para que le resuelva todas sus dudas. Trabajamos en todas las notarias de la Comunidad de Madrid y provincias limítrofes.

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