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Ser un profesional de la conducción signfica ser muy responsable al volante, de ahí que la Dirección General de Tráfico sea más estricto con los delitos de alcoholemia para los que usan el vehículo como medio de vida.
Como sabes, la tasa general de alcoholemia para un conductor normal es de 0,50 gramos por litro de sangre, o 0,25 miligramos por litro en aire expirado.
Para los conductores profesional la tasa de alcohol se baja a 0,30 gramos de alcohol por litro en sangre o 0,15 miligramos por litro en aire expirado
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A quíen se aplica la tasa de 0,15 mg por litro en aire espirado
Se aplica a aquellos que usen vehículos de transporte de mercancías con MMA de más de 3.500 kg o vehículos de transporte de pasajeros de más de 9 plazas.
Del mismo modo, se usa esta tasa de alcohol para vehículos de servicio público, transporte escolar y de menores, de mercancías peligrosas, servicios de urgencia y transportes especiales.
Por tanto, si te ha llegado una citación para comparecer como investigado en un juzgado penal por un delito de alcoholemia sería muy recomendable que contaras con los servicios de un abogado especialista en delitos contra la seguridad vial.
Tu vida personal y profesional dependerán en buen grado de a quién contrates.
Como sabes, a partir de 0,60 mg/l en aire espirado es un delito penal y no una infracción administrativa, esto significa que no te van a quitar puntos, te van a quitar el carnet directamente, como mínimo un año y como máximo 4 años, salvo que además te negarás a someterte a las pruebas de alcoholemia lo que supondría que podrían quitarte el carnet otros 4 años más, es decir, en el peor de los casos 8 años de retirada del permiso de circulación.
Negarse a soplar en el etilómetro SIEMPRE lleva pena de prisión de 6 meses mínimo a 1 año como máximo.
La negativa se estipula en el artículo 383 del código penal.
El delito de alcoholemia se establece en el artículo 379.2 del código penal y tiene una pena dual.
Por un lado retirada del carnet de 1 a 4 años.
Por otro lado, una de estas tres condenas:
- Prisión de 3 a 6 meses
- Multa de 6 a 12 meses.
- Trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
JR Abogados en Cadena COPE
Lo aconsejable es ir de la mano de un letrado penalista con mucha experiencia en delitos de tráfico.
Verá el atestado y buscará posibles inconsistencias para conseguir tu absolución.
Pero si no las hubiera, negociará con el fiscal una pena mínima y solicitará que se te aplique la conformidad penal, es decir, un reconocimiento de los hechos que hará que se te rebaje la pena solicitada por el fiscal en un tercio.
El abogado penalista experto en delitos de alcoholemia está acostumbrado a negociar con los fiscales, y obtener los mejores resultados para tus intereses.
Debes saber que la reincidencia es un agravante que supondrá que te pongan una pena mucho más severa, por lo que si tienes antecedentes penales, más te vale contar con los servicios de un experto pues puedes acabar con tus huesos en la cárcel.
De hecho, debes olvidarte de que si tienes antecedentes penales te pongan la pena mínima (8 meses con el tercio de reducción) sino que como mínimo te van a pedir 2 años y 6 meses de retirada del carnet.
Por otro lado, si te han pillado no en un control de alcoholemia sino en un accidente con positivo en alcoholemia o drogas con daños materiales, heridos o fallecidos, te van a acusar también de un delito de lesiones en concurso ideal con un delito de alcoholemia.
Tendrán que valorar las lesiones por parte del forense del juzgado y se aplicarán las indemnizaciones correspondientes como consecuencia de la responsabilidad civil derivada del delito.
Tu seguro no te va a cubrir, aún siendo el responsable civil directo, pues repetirá contra tí, todo lo que pague como indemnizaciones por daños o lesiones.
El delito de lesiones también está penado con prisión.
Las pruebas contra ti serán las siguientes:
- Tickets del etilómetro que reflejarán la tasa de alcohol.
- Diligencia de síntomas de la policía.
- Testificales de la propia policía y de ciudadanos que vieron el accidente.
El juicio rápido por alcoholemia para profesionales del automóvil solo se celebrará directamente si la alcoholemia se produce sin tener un siniestro vial.
Si hay un accidente con positivo en alcoholemia, se tramitará un procedimiento de diligencias previas y te llamarán primero a declarar.
Se llamará a los peritos y a los forenses para que evaluen los daños y las lesiones en un informe que tendrá las bendiciones del fiscal.
Si no te conformas con los hechos, se celebrará un juicio penal con asistencia de policías e implicados y en ese otro proceso no habrá una conformidad premiada con la rebaja de un tercio de la condena.