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Cuando una persona fallece sin dejar un testamento válido, su herencia se distribuye según las normas legales establecidas en el Código Civil español.
Este tipo de sucesión se denomina sucesión intestada, y el reparto de los bienes sigue un orden de prioridad basado en el parentesco.
En este artículo detallamos cómo funciona este proceso y las preguntas más frecuentes que surgen sobre el orden de sucesión legal.
1. ¿Qué es una herencia sin testamento?
Una herencia sin testamento ocurre cuando:
- El fallecido no otorgó testamento.
- El testamento existente es declarado nulo por defectos formales o legales.
- El testamento no dispone de todos los bienes, dejando parte de la herencia sin adjudicar (sucesión parcial).
En estos casos, la ley establece un orden riguroso para determinar quiénes tienen derecho a heredar y en qué proporción.
2. Orden de sucesión legal según el Código Civil
El Código Civil español regula el orden de llamamiento en la sucesión intestada. Este orden prioriza a los familiares más cercanos y excluye a los más lejanos cuando hay parientes en grado superior. El orden es el siguiente:
2.1. Descendientes (hijos y nietos)
- Los hijos son los primeros llamados a heredar.
- La herencia se divide en partes iguales entre ellos.
- Si algún hijo ha fallecido, su parte corresponde a sus descendientes (nietos) por derecho de representación.
2.2. Ascendientes (padres y abuelos)
- Si no hay descendientes, los ascendientes tienen derecho a heredar.
- Si ambos padres están vivos, heredan por partes iguales.
- Si solo uno de los padres está vivo, hereda la totalidad.
- En ausencia de padres, heredan los abuelos, dividiendo la herencia entre las líneas paterna y materna.
2.3. Cónyuge sobreviviente
- El cónyuge tiene derecho a heredar si no existían separaciones legales o de hecho.
- Su participación depende de la existencia de otros herederos:
- Si hay descendientes: El cónyuge recibe el usufructo del tercio destinado a mejora.
- Si hay ascendientes: El cónyuge recibe el usufructo de la mitad de la herencia.
- Si no hay descendientes ni ascendientes: El cónyuge hereda la totalidad de los bienes.
2.4. Hermanos y sobrinos
- Si no hay descendientes, ascendientes ni cónyuge, los hermanos heredan por partes iguales.
- Los sobrinos heredan por representación si algún hermano ha fallecido.
2.5. Parientes colaterales hasta el cuarto grado
- Si no hay herederos anteriores, los bienes pasan a los parientes más cercanos hasta el cuarto grado (tíos, primos, sobrinos segundos).
2.6. El Estado
- En ausencia de familiares, la herencia pasa al Estado.
- El Estado está obligado a destinar los bienes heredados a fines sociales.
3. Procedimiento para tramitar una herencia sin testamento
3.1. Declaración de herederos abintestato
Para iniciar el proceso de sucesión intestada, es necesario realizar una declaración de herederos abintestato. Este procedimiento identifica a los herederos legales y les otorga el derecho a recibir la herencia.
¿Dónde se tramita?
- Notaría: Si los herederos son descendientes, ascendientes o cónyuge.
- Juzgado: Si no hay familiares directos o hay conflictos.
Documentación necesaria:
- Certificado de defunción del causante.
- Certificado de últimas voluntades (acredita la inexistencia de testamento).
- Libro de familia o documentos que prueben el parentesco.
- DNI de los herederos.
Duración del trámite:
- Entre 1 y 3 meses, dependiendo de la complejidad del caso.
3.2. Inventario de bienes y deudas
Una vez identificados los herederos, se debe realizar un inventario detallado que incluya:
- Bienes inmuebles.
- Dinero en cuentas bancarias.
- Vehículos.
- Acciones y participaciones societarias.
- Deudas y cargas del fallecido.
3.3. Reparto de la herencia
El reparto de los bienes se realiza de acuerdo con el orden de sucesión establecido y las normas de la partición hereditaria. Es recomendable contar con el asesoramiento de un abogado para garantizar un reparto justo y evitar conflictos.
4. Implicaciones fiscales en una herencia sin testamento
4.1. Impuesto de Sucesiones y Donaciones
- Los herederos están obligados a liquidar este impuesto dentro de los 6 meses posteriores al fallecimiento.
- Las bonificaciones y reducciones aplicables dependen de la comunidad autónoma.
4.2. Plusvalía municipal
- Aplica a los bienes inmuebles urbanos heredados.
- El cálculo se basa en el valor catastral del terreno y el periodo de tenencia.
5. Preguntas frecuentes sobre herencias sin testamento
5.1. ¿Qué ocurre si los herederos no se ponen de acuerdo?
- En caso de desacuerdo, cualquier heredero puede solicitar la intervención judicial para resolver el reparto.
5.2. ¿Se pueden reclamar deudas del causante?
- Sí, pero los herederos solo responderán con los bienes heredados si aceptan la herencia a beneficio de inventario.
5.3. ¿Qué ocurre si hay bienes en el extranjero?
- Los bienes situados fuera de España estarán sujetos a las leyes del país donde se encuentren, aunque pueden ser considerados en el inventario global.
6. Importancia de contar con asesoramiento legal
Gestionar una herencia sin testamento puede ser complejo, especialmente si hay varios herederos o bienes de diversa naturaleza. En JR Abogados ofrecemos:
- Asesoramiento personalizado: Analizamos tu caso y te guiamos en cada paso del proceso.
- Resolución de conflictos: Mediamos en disputas familiares para lograr un reparto justo.
- Gestión fiscal: Optimizamos el pago de impuestos asociados a la herencia.
Contáctanos y deja que nuestros expertos en herencias te ayuden a gestionar este proceso de manera eficiente y sin complicaciones.
Tramitar una herencia sin testamento no tiene por qué ser un problema insalvable. Con el apoyo adecuado, puedes asegurarte de que el proceso sea justo y conforme a la ley, protegiendo tus derechos como heredero.