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Cualquier foto o vídeo en la que aparezcas es un dato muy valioso, es un dato personal tuyo, y como tal está protegido por la ley.

Por tanto, como titular de ese dato, tienes el derecho a pedir que se borre, se elimine, se suprima, sin más.

Ese derecho está recogido en el Reglamento General de Protección de Datos.

Con la llegada de internet, las redes sociales (facebook, twitter, tik tok, pinterest,….), servicios de mensajería instantánea (como whatsapp) y los smartphones o teléfonos inteligentes la difusión de imágenes y vídeos está a la orden del día. Cualquiera puede hacerte una foto o un vídeo y publicarlo, con o sin tu consentimiento.

¿Qué tienes que hacer para borrar ese vídeo o imagen de internet?

En primer lugar, dirigirte a la web, red social, o persona/as que están difundiendo dicho contenido. Pero no vale cualquier comunicación, tiene que ser a través de un medio fehaciente.

Para ello, nada más efectivo que hacerlo a través de un bufete de abogados especializado, es mucho más disuasorio.

Rara vez una empresa quiere enfrentarse a un despacho de abogados por mantener on line, una foto o un vídeo. Es mucho arriesgar para ellos puesto que tienen mucho que perder.

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Borra tus fotos y vídeos de internet

Fotos y vídeos pornográficos, vejatorios, injuriosos...

Si una foto de vídeo se hace viral en la web, puede ser un éxito, pero también un desastre, ya que puedes salir muy perjudicado/a.

Una imagen en Facebook o un vídeo «inocente» puede hacer que te echen del trabajo (o que no te contraten), que te pidan el divorcio, que arruine tu reputación o simplemente que pierdas mucho dinero.

Por tanto si te perjudica un vídeo o una foto que está en la red, tienes que eliminarla.

El archivo con carácter fotográfico o audiovisual puede ser muy diverso, injurioso, pornográfico, vejatorio, humillante, realizado con cámara oculta.

Dar un plazo para que borren tu vídeo o foto

En la comunicación debes, a través de tu abogado, darle un plazo para que procedan a su supresión total.

Es un derecho que tienes.

El destinatario de la misiva tendrá dos opciones, borrar el contenido o enfrentarse con un problema legal.

Si no lo hace, el siguiente paso será, con la acreditación de esa comunicación (normalmente un burofax postal o telemático) acudir a la Agencia Española de Protección de Datos.

Si en el plazo máximo de un mes no han borrado tus fotos o vídeos, tendrán un serio problema.

 

El Código Penal

El Código Penal en su título X, Capítulo I establece los delitos contra la intimidad y el derecho a la propia imagen y establece tanto multas como prisión para quienes cometen este tipo de delitos.

El artículo 197 del Código Penal por ejemplo habla del descubrimiento y revelación de secretos de secretos.

1. El que, para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales, intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses. Las mismas penas se impondrán al que, sin estar autorizado, se apodere, utilice o modifique, en perjuicio de tercero, datos reservados de carácter personal o familiar de otro que se hallen registrados en ficheros o soportes informáticos, electrónicos o telemáticos, o en cualquier otro tipo de archivo o registro público o privado. Iguales penas se impondrán a quien, sin estar autorizado, acceda por cualquier medio a los mismos y a quien los altere o utilice en perjuicio del titular de los datos o de un tercero. Se impondrá la pena de prisión de dos a cinco años si se difunden, revelan o ceden a terceros los datos o hechos descubiertos o las imágenes captadas a que se refieren los números anteriores…”

La petición de eliminación de la foto o vídeo por tu abogado

Por tanto, como primera medida está el «aviso» de que se elimine la fotografía o el vídeo, bien a la web, a la red social o a la persona física.

Tus letrados además de «invitarles» a que borren dichos archivos, les advierten de las consecuencias jurídico-penales que puede tener hacer caso omiso a tal advertencia.

Estos hechos pueden ser objeto no solo de importantes sanciones económicas, sino que también pueden ser objeto de un delito penal.

En la comunicación a la web o plataforma, debe quedar claro quién eres, con tu nombre y apellido y que ficheros son los que tienen que suprimir, para ello, puedes indicarles la url, link o enlace donde apareces.

La empresa, tendrá como máximo un mes para proceder con el borrador de tus datos.

En la mayorìa de los casos, basta esa carta de tu abogado para que desaparezca todo rastro en internet de tus fotos o vídeos.

Lo que opinan nuestros clientes de JR Abogados

JR Abogados
4.9
Basado en 49 reseñas.
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Alex García
Alex García
19:44 24 Mar 21
Gran gestión del problema y excelente trabajo. Sin duda se percibe profesionalidad desde el primer momento. Siempre agradecido.
Sarita Garcia
Sarita Garcia
13:57 09 Mar 21
Excelente profesional, José Ramón en mi procedimiento ha realizado un trabajo impecable, ha conseguido más de lo que en un momento pedíamos.Sabe aconsejar lo que es mejor para el cliente y empatizar con el durante todo el proceso, ha entendiendo... mis circunstancias personales en todo momento teniendo una paciencia considerable conmigo, lo recomiendo el 100%leer más
Javier Alber
Javier Alber
12:24 04 Mar 21
Qué gran ayuda la de "JR Abogados". En momentos de angustia y dificultad, ha sido un placer contar con vosotros. Mil gracias!!!
Doris Gonzalez
Doris Gonzalez
13:59 23 Feb 21
Excelente profesional en la calidad de defensa demuestra interés por el clienteJosé Ramón se merece más de 5 estrellas es muy amable y atento con su laborLo recomiendo excelente persona
Guillermo May Morante
Guillermo May Morante
10:34 19 Feb 21
El trato y la calidad humana son cualidades que se están perdiendo en la sociedad actual.José Ramón ha hecho fácil lo que parecía difícil, ayudándome enormemente en mi circunstancia personal y consiguiendo objetivos por encima de las... expectativas.Sin duda, un profesional a valorar muy positivamente.No le doy 6 estrellas porque no se puede.leer más
Mauricio Odovaine
Mauricio Odovaine
03:13 18 Feb 21
Un servicio muy atento y profesional. Mi caso implicaba la complejidad de ser tramitado a través de un juzgado en pleno pico de infecciones por COVID, unido a la necesidad de documentación adicional requerida por otro país de la UE. El equipo de JR... nos guió y apoyo a través de todo el proceso, el cual se ha resuelto con un nivel de esfuerzo muy bajo por nuestra parte. Lo recomiendo, y volvería a contar con sus servicios si fuera necesario.leer más
Manuel Martos
Manuel Martos
18:59 10 Feb 21
Muy amable y profesional. Lo recomiendo totalmente.
Enrique Sanjose Hernandez
Enrique Sanjose Hernandez
17:12 16 Nov 20
Profesional excepcional. Trato muy humano que sabe tranquilizar (Como fue mi caso) y explicar eficazmente todos los pasos judiciales. Supo obtener un acuerdo muy safistifactorio. Mi gratitud y mi recomendación más sincera. Gracias José Ramón.
Juan Jose Gonzalez
Juan Jose Gonzalez
12:03 07 Nov 20
José Ramón me a llevado un caso de okupas en un piso de mis padres y la verdad que es un gran profesional y mucho más como persona, me ha tenido en todo momento informado y con las cosas muy claras. Recomiendo a este gran Profesional y yo si lo... tuviera que necesitar me pondría otra vez en sus manos.leer más
María del Carmen Zarzosa Diez
María del Carmen Zarzosa Diez
18:09 05 Nov 20
Respuesta rápida tanto telefónicamente como por WhatsApp, conversaciones cómodas imparciales en la escucha por parte del letrado, una clara exposición de respuesta y soluciones por parte del mismo.El trato personal excelente, te hace sentir... tranquil@, la rapidez de los trámites ágiles, precio calidad inmejorable, sin presiones.Resumiendo un profesional en su trabajo y una persona sensible y realista.Sin duda recomendable.leer más
Juan José Gámiz Cadenas
Juan José Gámiz Cadenas
19:21 12 Oct 20
Desde el primer momento que lo contacte para saber de sus servicio me explico claramente cómo iba a ser el proceso y que pasos había que seguir. En todo momento me sentí muy bien asesorado ante cualquier duda que tenía. Además de tener un trato... humano y cercano. Lo recomiendo totalmenteleer más
Pablo Gil
Pablo Gil
13:57 28 Sep 20
Un profesional impecable, agradable, atento, te explica todo con pelos y señales... Me llevó un caso y me pareció increíble. Desde el minuto uno me informó de todo y le estoy muy agradecido por el resultado obtenido. De 10!!!
Más reseñas
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La ruina de una persona

Una foto «inocente» o un vídeo realizado en un determinado momento puede significar un desastre en un futuro.

Cada vez más es frecuente en nuestro despacho atender encargos de solicitud de eliminación de una foto o un vídeo que aparece en una red social o en una web.

Pongamos un ejemplo muy gráfico.

Dorina es una chica guapa y joven, tiene 24 años y le gusta pasárselo bien. Tiene sus ligues, sus novios, como cualquier chica de su edad.

Y como cualquier joven, se envía fotos y vídeos más o menos «subidos de tono». 

Hasta aquí, todo normal.

Pasa el tiempo Dorina se casa, es madre y tiene una vida feliz.

Pero el pasado vuelve cargado de vivencias de su juventud. Sus vídeos eróticos están colgados en una web lo que puede suponer un grave problema para su relación.

Solo queda por tanto una vía, pedir que se borren.

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