Muchos jugadores ven como las casas de anulan de forma unilateral determinadas apuestas y recalculan la cuota fijada al inicio para determinadas apuestas y se lo notifican al jugador una vez que ha terminado el partido. Como consecuencia de ello, el jugador, o no gana nada, o gana menos de lo que debería ganar, mucho menos.
Qué pasa en estos casos y qué hay que hacer.
Evidentemente, si no haces nada, ese dinero se lo va a quedar la casa, jamás te lo dará y lo justificará porque así lo pone en sus contratos alegando que el jugador “sabe lo que hay”.
Lo que quizás no sepa el jugador es que se trata de una práctica abusiva y que tiene derecho a ese dinero. Así lo han dicho los juzgados (Sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 2 de Sanlúcar de Barrameda el 20 de junio de 2016).
Si reclamas judicialmente, la casa, seguramente alegará que:
1) La cuota inicial, y por la cual apostaste, fue un error de la casa.
2) Que una de las cláusulas del contrato de las condiciones generales que aceptó el apostante, permite anular las ganancias y recalcular sin que sea posible avisar al jugador antes de que acabe el partido.
3) Que el jugador actuó con mala fe y abuso de derecho ya que sabía que había un error y se aprovechó. Dirá que eres un jugador profesional porque hiciste muchas apuestas.
4) Que aplica el art. 6.1 de la Orden EHA/3080/2011 de 8 de noviembre, que dice que “El desarrollo y explotación de las apuestas deportivas de contrapartida se regirá por esta Reglamentación básica, por las disposiciones que en desarrollo de la misma dicte la Comisión Nacional del Juego, por los términos de la licencia singular otorgada y por las reglas particulares de cada juego elaboradas y publicadas por el operador”.
5) Que sus reglas de juego son las siguientes:
- “1. La casa no es responsable de ningún error relacionado con las apuestas, incluidos los casos en que:
- la casa determina de forma incorrecta cuotas/hándicap/totales/importe de apuesta cerrada;
- la casa siga aceptando apuestas a mercados cerrados o suspendidos;
- la casa calcule mal o pague una cantidad determinada, incluidos los casos en los que una apuesta se cierre por el valor total de la cantidad determinada;
- cualquier error que ocurra en un generador de números aleatorio o tablas de pago incluidas, incorporadas o utilizadas en cualquier juego o producto.
- 2. Cuota incorrecta: si se detecta antes del comienzo, en directo o después de un evento, cualquier apuesta prevalecerá y se determinará a la cuota revisada de la casa. Se anularán las apuestas si las cuotas revisadas son menores de
1.001. Si hubiera tiempo suficiente antes del comienzo del evento, la casa intentará por todos los medios ponerse en contacto con el cliente, y podría, a su absoluta discreción, permitir la cancelación de la apuesta”.
Es decir, como veis, la casa de apuestas puede hacer lo que le venga en gana, sobre todo, si se da cuenta de que estás ganando dinero.
6) Que el apostante es un jugador profesional, y que hace de las apuestas su medio de vida.
7) Que el jugador se integra en una organización porque en la misma zona geográfica hay muchos apostantes haciendo apuestas parecidas.
¿Qué dice la justicia?
- Que la casa de apuestas está obligada a pagar al jugador la diferencia entre el dinero que le dio y el que le debería haber dado. Es decir, si la casa debería haberle dado 6.000 € de ganancia, y solamente le dio 1.000 €, debe reembolsarle los otros 5.000 €.
- El juez considera que estamos ante un contrato de adhesión con condiciones generales de la contratación que son impuestas por la casa de apuestas, predispuestas y con el objeto de incorporarlas a todo contrato que firme cualquier jugador, por lo que se aplica la Ley de Condiciones Generales de la Contratación.
- El apostante es un consumidor, no profesional, aunque apueste habitualmente en la web online, y se así (un jugador profesional) eso no significa que se trate de una actividad empresarial.
- Que el art. 85 de la Ley General de Consumidores y usuarios tilda de abusivas las cláusulas que vinculen cualquier aspecto del contrato a la voluntad del empresario, y en todo caso las que “reserven a favor del empresario facultades de interpretación o modificación unilateral del contrato, salvo, en este último caso, que concurran motivos válidos especificados en el contrato”.
- el art. 89.2 tilda de abusiva “la transmisión al consumidor y usuario de las consecuencias económicas de errores administrativos o de gestión que no le sean imputables“.
- No se puede vincular la determinación final del premio que ha de recibir el consumidor a la voluntad unilateral del empresario, es decir, si ganas la apuesta, no pueden darte el dinero que les de la gana.
- La casa, si le da la gana, puede revisar la cuota o anular una puesta si detecta un error, pero el que haya un error no justifica que pueda unilateralmente modificar o anular la apuesta una vez ha sido aceptada por el jugador y una vez terminado el partido, pues lo que está haciendo es trasladar al jugador, las consecuencias de los errores de la casa de apuestas.
- Sin embargo, el jugador, nunca puede anular su apuesta en caso de cometer un error, por lo tanto, es justo que la casa tampoco pueda hacerlo, ya que dicha cláusula produce un perjuicio y un desequilibrio al jugador debido a la mala fe de la casa de apuestas.
- Dicha cláusula el juez la reconoce como abusiva, debe estar fuera del contrato según el artículo 83 de LGDCU y ha de aplicarse el artículo 14.3 de la Orden EHA 3080/2011, que dice que “los premios de las apuestas deportivas de contrapartida se determinan por el resultado de los eventos deportivos establecidos en el programa de apuestas. Se entenderá que una apuesta deportiva ha resultado premiada cuando los pronósticos contenidos en la misma coincidan
con el resultado considerado válido, de conformidad con las reglas particulares del juego“ - También debe aplicarse el artículo 13.4 de la Orden EHA 3080/2011 que dice que “cada apuesta deportiva de contrapartida que se realice quedará vinculada al coeficiente vigente para esa apuesta en el momento de su realización y no se verá afectada por los cambios posteriores que pueda sufrir el coeficiente”.
- Si el equipo por el que apostó el jugador gana el partido, el jugador ganará la apuesta, y si estaba fijada una cuota en el momento en que se formalizó la misma, esa es la cuota vigente, conforme a la cual se fijará el premio, sin que deba afectarle variación alguna posterior
- Condenará a la casa al abono de las costas y al pago de lo que reclame el jugador.