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Abogados especialistas en reclamación a casas de apuestas

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Abogados especializados en deslimitación de cuentas

Abogados especialistas en recálculos de cuota, anulación de apuestas, cierres de cuenta, bloqueo de saldo y limitaciones de cuenta.

Para los clientes que quieren ir al grano
La casa de apuestas no va a ponérselo fácil. Si quiere ahorrarse leer este artículo se lo resumimos ahora mismo. Si no les demanda en el juzgado, no conseguirá nada. Así de sencillo.
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¿Qué hacer si bloquean mi cuenta con saldo dentro, recalculan o anulan mi apuesta?

Te bloquean la cuenta y, cuando ganas, no te pagan

Habitual en muchas casas de apuestas. Te lo van a poner muy complicado y el único camino son los Juzgados. Se tarda tiempo y cuesta dinero. La pregunta es ¿hay otra opción? La respuesta la sabemos todos.

Si tu casa de apuestas te bloquea la cuenta con saldo o bien recalcula una apuesta ganadora, enviá un e-mail y pide explicaciones.

Tienen que contestarte, pues no lo pueden hacer. El jugador tiene derecho a conocer su saldo y a cobrar los premios en menos de 24 horas desde que requieres la retirada, a través del mismo medio por el que se hizo el ingreso.

Si te piden que verifiques tu cuenta, lo haces.

Si aún así te continúan reteniendo el saldo en la cuenta, no te pagan lo quedeben según la cuota original de la apuesta, bien porque lo recalcularon o porque la anularon, te pones en contacto con nosotros.

Reclama con JR Abogados

Reclama el dinero que te retienen

Si no te hacen caso, te ayudamos a recuperar tu dinero

Ten en cuenta que te enfrentas a una empresa gigantesca, vas a necesitar ayuda.

JR Abogados solicitará extrajudicialmente a través de un burofax las cantidades dejadas de percibir, bien por anulación o por recálculos y el desbloqueo de cuentas.

La segunda fase se activa si no te devuelven el dinero o reabren la cuenta en el plazo fijado. Se interpondrá una demanda en el juzgado de 1ª instancia.

Tipos de restricciones de las casas de apuestas

Las limitaciones que suelen realizar las casas de apuestas online son:

  • Leve: Solo te dejan apostar sobre el 1% o 2% sobre las apuestas del resto de jugadores. Es decir, un jugador «normal» podría apostar 100 €, pero si configuran como un jugador ganador, es decir, que les provoca pérdidas, solo podrás apostar 1 € o 2 €. Es decir, tus ganancias serán ridículas y las pérdidas de la casa, mínimas.
  • Agresiva: Te dejan apostar muy poco dinero, apenas unos euros, incluso nada. Es la restricción anterior al cierre.
  • En caso de limitación agresiva la apuesta máxima en cualquier evento puede ser de entre unos pocos euros a incluso 0.0€, impidiendo realizar cualquier apuesta. Es la limitación más restrictiva antes que el cierre de cuenta.
  • Cierre total: Algunas casas, pasan directamente a cerrar totalmente la cuenta del usuario. Te avisan de que tu contrato quedará extinguido en un determinado plazo, pasado el cual, te cerrarán la cuenta. Si te quedaran apuestas por cerrarse, te integrarán el dinero (si ganas).

¿Cuánto tarda la casa de apuestas en reintegrarme el dinero?

Cuando reciban el burofax de JR Abogados, la casa verá que vas en serio, y que estás dispuesto a llegar hasta el final para defender tus derechos. Para ellos esto no es un juego, es negocio, negocio que hacen con tu dinero.

Asumen un riesgo, igual que tu, y lo que no puede ser es que siempre ganen los mismos, sobre todo, haciendo trampa.

De forma aproximada, en 15 días tendrás tu dinero.

Si hay que demandar, solicitaremos no solo tu dinero, sino que pediremos al juez que les condene en costas. El plazo puede ser de unos 8 o 9 meses, pero siempre es aproximado.

Las casas saben que hacen trampa, y no les gusta que «se les vea el plumero» en los juzgados.

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Objetivo: eliminar a los jugadores ganadores

Prácticamente todas las ganancias de las casas online de puestas vienen de usuarios noveles, que apuestan por hobbie, por entretenimiento. Jugadores que pierden más pronto que tarde todo el dinero apostado. Estos jugadores suponen más del 90 %.

Pero hay un pequeño porcentaje «rebelde» que SI sabe apostar, tienen mucha información, estrategias, llevan años siguiendo equipos, etc…

Estos jugadores son un problema para las operadoras, hay que eliminarlos, sacarlos, expulsarlos a toda costa. Para ello usan grandes bases de datos que analizan el comportamiento de los jugadores, cada apuesta que hacen, los beneficios que obtienen.

Esos algoritmos buscan entre millones de apuestas y jugadores, aquellos que son más listos, más ganadores, más «profesionales.»  Y no les dejan ganar, los beneficios «deben ser siempre para ellos».

Demandar a las casas de apuestas online

En JR Abogados velamos por la legalidad. Por tanto no se trata de hacer trampa por unos no cumplen las reglas.

La ley debe ser igual para todos, por tanto no amparamos conductas que se encuentren prohibidas.

Es por ello que, si como jugador quieres defender tus derechos, estamos aquí para ayudarte, pues la demanda a una casa de apuestas online puede ser la mejor opción ya que se trata de una vía legal, que aunque lenta, es la más segura de todas.

Lo que opinan nuestros clientes de JR Abogados

JR Abogados
4.9
Basado en 49 reseñas.
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Alex García
Alex García
19:44 24 Mar 21
Gran gestión del problema y excelente trabajo. Sin duda se percibe profesionalidad desde el primer momento. Siempre agradecido.
Sarita Garcia
Sarita Garcia
13:57 09 Mar 21
Excelente profesional, José Ramón en mi procedimiento ha realizado un trabajo impecable, ha conseguido más de lo que en un momento pedíamos.Sabe aconsejar lo que es mejor para el cliente y empatizar con el durante todo el proceso, ha entendiendo... mis circunstancias personales en todo momento teniendo una paciencia considerable conmigo, lo recomiendo el 100%leer más
Javier Alber
Javier Alber
12:24 04 Mar 21
Qué gran ayuda la de "JR Abogados". En momentos de angustia y dificultad, ha sido un placer contar con vosotros. Mil gracias!!!
Doris Gonzalez
Doris Gonzalez
13:59 23 Feb 21
Excelente profesional en la calidad de defensa demuestra interés por el clienteJosé Ramón se merece más de 5 estrellas es muy amable y atento con su laborLo recomiendo excelente persona
Guillermo May Morante
Guillermo May Morante
10:34 19 Feb 21
El trato y la calidad humana son cualidades que se están perdiendo en la sociedad actual.José Ramón ha hecho fácil lo que parecía difícil, ayudándome enormemente en mi circunstancia personal y consiguiendo objetivos por encima de las... expectativas.Sin duda, un profesional a valorar muy positivamente.No le doy 6 estrellas porque no se puede.leer más
Mauricio Odovaine
Mauricio Odovaine
03:13 18 Feb 21
Un servicio muy atento y profesional. Mi caso implicaba la complejidad de ser tramitado a través de un juzgado en pleno pico de infecciones por COVID, unido a la necesidad de documentación adicional requerida por otro país de la UE. El equipo de JR... nos guió y apoyo a través de todo el proceso, el cual se ha resuelto con un nivel de esfuerzo muy bajo por nuestra parte. Lo recomiendo, y volvería a contar con sus servicios si fuera necesario.leer más
Manuel Martos
Manuel Martos
18:59 10 Feb 21
Muy amable y profesional. Lo recomiendo totalmente.
Enrique Sanjose Hernandez
Enrique Sanjose Hernandez
17:12 16 Nov 20
Profesional excepcional. Trato muy humano que sabe tranquilizar (Como fue mi caso) y explicar eficazmente todos los pasos judiciales. Supo obtener un acuerdo muy safistifactorio. Mi gratitud y mi recomendación más sincera. Gracias José Ramón.
Juan Jose Gonzalez
Juan Jose Gonzalez
12:03 07 Nov 20
José Ramón me a llevado un caso de okupas en un piso de mis padres y la verdad que es un gran profesional y mucho más como persona, me ha tenido en todo momento informado y con las cosas muy claras. Recomiendo a este gran Profesional y yo si lo... tuviera que necesitar me pondría otra vez en sus manos.leer más
María del Carmen Zarzosa Diez
María del Carmen Zarzosa Diez
18:09 05 Nov 20
Respuesta rápida tanto telefónicamente como por WhatsApp, conversaciones cómodas imparciales en la escucha por parte del letrado, una clara exposición de respuesta y soluciones por parte del mismo.El trato personal excelente, te hace sentir... tranquil@, la rapidez de los trámites ágiles, precio calidad inmejorable, sin presiones.Resumiendo un profesional en su trabajo y una persona sensible y realista.Sin duda recomendable.leer más
Juan José Gámiz Cadenas
Juan José Gámiz Cadenas
19:21 12 Oct 20
Desde el primer momento que lo contacte para saber de sus servicio me explico claramente cómo iba a ser el proceso y que pasos había que seguir. En todo momento me sentí muy bien asesorado ante cualquier duda que tenía. Además de tener un trato... humano y cercano. Lo recomiendo totalmenteleer más
Pablo Gil
Pablo Gil
13:57 28 Sep 20
Un profesional impecable, agradable, atento, te explica todo con pelos y señales... Me llevó un caso y me pareció increíble. Desde el minuto uno me informó de todo y le estoy muy agradecido por el resultado obtenido. De 10!!!
Más reseñas
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Cláusulas abusivas

La mayoría de las casas de apuestas que hay en España tienen en sus contratos de juego online cláusulas abusivas.

Aunque las casas argumentan que son para prevenir el fraude, la realidad es muy distinta, pues lo hacen para perjudicar a aquellos jugadores que tienen ganancias, mientras que para el resto, es decir, para los que no paran de perder dinero apostando, disponen de ofertas atractivas que les permitan seguir perdiendo.

¿Qué es una cláusula abusiva para la ley?

La Ley de Condiciones Generales de la Contratación dice en su artículo 1.1. que son “las cláusulas predispuestas cuya incorporación al contrato sea impuesta por una de las partes, con independencia de la autoría material de las mismas, de su apariencia externa, de su extensión y de cualesquiera otras circunstancias, habiendo sido redactadas con la finalidad de ser incorporadas a una pluralidad de contratos”.

La Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios en su artículo 82.1 dice que “(…) son aquellas estipulaciones no negociadas individualmente y todas aquéllas prácticas no consentidas expresamente que, en contra de las exigencias de la buena fe causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato”.

Cambio unilateral de cuotas

Muchos jugadores ven como las casas de anulan de forma unilateral determinadas apuestas y recalculan la cuota fijada al inicio para determinadas apuestas y se lo notifican al jugador una vez que ha terminado el partido. Como consecuencia de ello, el jugador, o no gana nada, o gana menos de lo que debería ganar, mucho menos.

Qué pasa en estos casos y qué hay que hacer.

Evidentemente, si no haces nada, ese dinero se lo va a quedar la casa, jamás te lo dará y lo justificará porque así lo pone en sus contratos alegando que el jugador «sabe lo que hay».

Lo que quizás no sepa el jugador es que se trata de una práctica abusiva y que tiene derecho a ese dinero. Así lo han dicho los juzgados (Sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 2 de Sanlúcar de Barrameda el 20 de junio de 2016).

Si reclamas judicialmente, la casa, seguramente alegará que:

1) La cuota inicial, y por la cual apostaste, fue un error de la casa.
2) Que una de las cláusulas del contrato de las condiciones generales que aceptó el apostante, permite anular las ganancias y recalcular sin que sea posible avisar al jugador antes de que acabe el partido.

3) Que el jugador actuó con mala fe y abuso de derecho ya que sabía que había un error y se aprovechó. Dirá que eres un jugador profesional porque hiciste muchas apuestas. 

4) Que aplica el art. 6.1 de la Orden EHA/3080/2011 de 8 de noviembre, que dice que «El desarrollo y explotación de las apuestas deportivas de contrapartida se regirá por esta Reglamentación básica, por las disposiciones que en desarrollo de la misma dicte la Comisión Nacional del Juego, por los términos de la licencia singular otorgada y por las reglas particulares de cada juego elaboradas y publicadas por el operador”. 

5) Que sus reglas de juego son las siguientes: 

  • “1. La casa no es responsable de ningún error relacionado con las apuestas, incluidos los casos en que:
    • la casa determina de forma incorrecta cuotas/hándicap/totales/importe de apuesta cerrada;
    • la casa siga aceptando apuestas a mercados cerrados o suspendidos;
    • la casa calcule mal o pague una cantidad determinada, incluidos los casos en los que una apuesta se cierre por el valor total de la cantidad determinada;
    • cualquier error que ocurra en un generador de números aleatorio o tablas de pago incluidas, incorporadas o utilizadas en cualquier juego o producto.
  • 2. Cuota incorrecta: si se detecta antes del comienzo, en directo o después de un evento, cualquier apuesta prevalecerá y se determinará a la cuota revisada de la casa. Se anularán las apuestas si las cuotas revisadas son menores de
    1.001. Si hubiera tiempo suficiente antes del comienzo del evento, la casa intentará por todos los medios ponerse en contacto con el cliente, y podría, a su absoluta discreción, permitir la cancelación de la apuesta”.

Es decir, como veis, la casa de apuestas puede hacer lo que le venga en gana, sobre todo, si se da cuenta de que estás ganando dinero.

6) Que el apostante es un jugador profesional, y que hace de las apuestas su medio de vida.

7) Que el jugador se integra en una organización porque en la misma zona geográfica hay muchos apostantes haciendo apuestas parecidas.

¿Qué dice la justicia?

  1. Que la casa de apuestas está obligada a pagar al jugador la diferencia entre el dinero que le dio y el que le debería haber dado. Es decir, si la casa debería haberle dado 6.000 € de ganancia, y solamente le dio 1.000 €, debe reembolsarle los otros 5.000 €.
  2. El juez considera que estamos ante un contrato de adhesión con condiciones generales de la contratación que son impuestas por la casa de apuestas, predispuestas y con el objeto de incorporarlas a todo contrato que firme cualquier jugador,  por lo que se aplica la Ley de Condiciones Generales de la Contratación.
  3. El apostante es un consumidor, no profesional, aunque apueste habitualmente en la web online, y se así (un jugador profesional) eso no significa que se trate de una actividad empresarial.
  4. Que el art. 85 de la Ley General de Consumidores y usuarios tilda de abusivas las cláusulas que vinculen cualquier aspecto del contrato a la voluntad del empresario, y en todo caso las que «reserven a favor del empresario facultades de interpretación o modificación unilateral del contrato, salvo, en este último caso, que concurran motivos válidos especificados en el contrato».
  5. el art. 89.2 tilda de abusiva «la transmisión al consumidor y usuario de las consecuencias económicas de errores administrativos o de gestión que no le sean imputables«.
  6. No se puede vincular la determinación final del premio que ha de recibir el consumidor a la voluntad unilateral del empresario, es decir, si ganas la apuesta, no pueden darte el dinero que les de la gana.
  7. La casa, si le da la gana, puede revisar la cuota o anular una puesta si detecta un error, pero el que haya un error no justifica que pueda unilateralmente modificar o anular la apuesta una vez ha sido aceptada por el jugador y una vez terminado el partido, pues lo que está haciendo es trasladar al jugador, las consecuencias de los errores de la casa de apuestas.
  8. Sin embargo, el jugador, nunca puede anular su apuesta en caso de cometer un error, por lo tanto, es justo que la casa tampoco pueda hacerlo, ya que dicha cláusula produce un perjuicio y un desequilibrio al jugador debido a la mala fe de la casa de apuestas.
  9. Dicha cláusula el juez la reconoce como abusiva, debe estar fuera del contrato según el artículo 83 de LGDCU y ha de aplicarse el artículo 14.3 de la Orden EHA 3080/2011, que dice que «los premios de las apuestas deportivas de contrapartida se determinan por el resultado de los eventos deportivos establecidos en el programa de apuestas. Se entenderá que una apuesta deportiva ha resultado premiada cuando los pronósticos contenidos en la misma coincidan
    con el resultado considerado válido, de conformidad con las reglas particulares del juego«
  10. También debe aplicarse el artículo 13.4 de la Orden EHA 3080/2011 que dice que «cada apuesta deportiva de contrapartida que se realice quedará vinculada al coeficiente vigente para esa apuesta en el momento de su realización y no se verá afectada por los cambios posteriores que pueda sufrir el coeficiente».
  11. Si el equipo por el que apostó el jugador gana el partido, el jugador ganará la apuesta, y si estaba fijada una cuota en el momento en que se formalizó la misma, esa es la cuota vigente, conforme a la cual se fijará el premio, sin que deba afectarle variación alguna posterior
  12. Condenará a la casa al abono de las costas y al pago de lo que reclame el jugador.

Abogados para casinos online

El contrato de juego y la apuesta

En el art. 2.3 del Real Decreto 1614/2011 aparece un conceptode contrato de juego “el negocio jurídico bilateral celebrado entre el participante y un determinado operador de juego y al que quedan vinculados los registros de usuario y las cuentas de juego.

Artículo 13.4 del Reglamento sobre apuestas de contrapartida, EHA/3080/2011

Cada apuesta deportiva de contrapartida que se realice quedará vinculada al coeficiente vigente para esa apuesta en el momento de su realización y no se verá afectada por los cambios posteriores que pueda sufrir el coeficiente.

Cortar la racha de un cliente ganador en una casa de apuestas online es ilegal

Muchas casas de apuestas online impiden a jugadores que están en racha, seguir apostando. No les gusta y los bloquean para que no sigan ganando.

Cuando un jugador contrata a través de sus formularios online apostar en una determinada casa de apuestas, firma unas clásulas que permiten a la casa de apuestas bloquearlo o limitarlo, normalmente se encuentran en las «Condiciones generales» de su web, por la que «se reserva el derecho de denegar, total o parcialmente, cualquier apuesta realizada a su entera discreción«, indicando que «todas las apuestas son realizadas a entera discreción y riesgo del cliente«.

Normalmente envían al jugador un mail donde le avisan de que le van a limitar en los mercados donde está ganando dinero (fútbol, baloncesto, tenis, etc…)

Si te ha pasado esto, debes saber que los juzgados consideran que esas cláusulas son abusivas, y por tanto, nulas de pleno derecho.

Se debe permitir al cliente apostar con normalidad y sin poner ningún tipo de traba, ya que se trata de un consumidor que tiene una posición de debilidad, según la Ley General de Consumidores y Usuarios.

Se les tiene que demandar, y el juzgado, en la gran mayoría de las ocasiones condena en costas a la casa de apuesta (pagar los gastos de abogado y procurador) declarando nulas dichas cláusulas.

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Los conflictos entre jugadores y casas de apuestas deben ir al Juzgado

La ley establece que cualquier controversia entre una casa de apuestas online y un jugador debe resolverse en los juzgado de 1ª Instancia.

“La relación entre el participante y el operador habilitado constituye una relación de carácter privado, y por tanto, las disputas o controversias que pudieran surgir entre ellos estarán sujetas a los Juzgados y Tribunales del orden jurisdiccional civil”.

Lo que dice un Juez

está terminantemente prohibido, que el cumplimiento de los contratos pueda quedar al arbitrio de una de las partes contratantes, que es lo que pretende la demandada, cuando también pretende anular unilateralmente dos apuestas perfectamente válidas y que la obligan, […] sólo después de saber, o contar con mayores elementos de juicio probabilísticos o estadísticos que le permitan anticipar […] que ha hecho un mal negocio

El Código Civil es una norma desfasada

En nuestro Código Civil falta n los conceptos jurídicos de «juego» y de «apuesta», pese a que se habla de ambos términos en el Capítulo III «del juego y la apuesta» y en el Título XII «contratos aleatorios o de suerte».

En la Disposición Derogatoria de la LRJ se dice que “Quedan derogadas todas aquellas normas que se opongan a lo preceptuado en esta Ley y cuantas disposiciones de igual o inferior rango contradigan lo establecido en la misma” y deroga expresamente una serie de normas. ¿Esto quiere decir que las normas del Código Civil están derogadas tácitamente? Se deja a la interpretación de los jueces esta respuesta.

Definición de "juego" por Diccionario de la Lengua de la Real Academia Española
“ejercicio recreativo o de competición sometido a reglas, y en el cual se gana o se pierde”.

Reclamaciones a las casas de apuestas online

abogado.casas.de.apuestas
Definición de "apostar" por Diccionario de la Lengua de la Real Academia Española
“arriesgar cierta cantidad de dinero en la creencia de que algo, como un juego, una contienda deportiva, etc., tendrá tal o cual resultado; cantidad que en caso de acierto se recupera aumentada a expensas de las que han perdido quienes no acertaron”.

La Ley de Regulación del Juego trata de dar seguridad jurídica tanto a las casas como a los jugadores y proteger a los menores o personas con adicciones, así como a prevenir actividades fraudulentas o lavar dinero negro con orígenes dudosos.

¿Qué es un "juego" según la ley?

Definición de "juego" por la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego
art. 3 a) como “toda actividad en la que se arriesguen cantidades de dinero u objetos económicamente evaluables en cualquier forma sobre resultados futuros e inciertos, dependientes en alguna medida del azar, y que permitan su transferencia entre los participantes, con independencia de que predomine en ellos el grado de destreza de los jugadores o sean exclusiva o fundamentalmente de suerte, envite o azar. Los premios podrán ser en metálico o especie dependiendo de la modalidad de juego”.

¿Qué es una "apuesta" según la ley?

Definición de "apuesta" por la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego
Artículo 3 c) “aquella actividad de juego en la que se arriesgan cantidades de dinero sobre los resultados de un acontecimiento previamente determinado cuyo desenlace es incierto y ajeno a los participantes, determinándose la cuantía del premio que se otorga en función de las cantidades arriesgadas u otros factores fijados previamente en la regulación de la concreta modalidad de apuesta”.

No hace mucho, algunos juegos estaban castigados en España (en algunos casos, hasta con la pena de muerte (fuero de Salamanca)) hasta que llegó Ley Orgánica 8/1983 de 25 de junio, de Reforma Urgente y Parcial del Código Penal.

Si antaño el juego era una motivación social, ahora se trata de una motivación económica. Ganar o perder dinero.

Derechos de los apostantes en casas de apuestas online

 

  • Tener información clara y veraz de las reglas.
  • Cobrar los premios.
  • Reclamar contra las entidades operadoras de los juegos o apuestas.
  • Jugar libremente y sin coacciones o amenazas.
  • Conocer en cualquier momento el importe apostado (si se dispone de cuenta abierta, conocer el saldo).
  • Identificarse de modo seguro a través del DNI, pasaporte o equivalente o mediante sistema de firma electrónica reconocida.
  • Protección de sus datos personales.
  • Conocer la identidad de la entidad operadora del juego.
  • Recibir información sobre la práctica responsable del juego.

Obligaciones de los apostantes en casas de apuestas online

  • Identificarse ante la casa de apuestas.
  • Cumplir las normas y reglas .
  • No alterar el normal desarrollo de los juegos.

Normativa aplicable

 – Ley para la Defensa de los Consumidores

– Ley de Condiciones Generales de la Contratación

– Ley de Regulación del Juego

–  Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios

– Orden EHA/3080/2011, de 8 de noviembre, por la que se aprueba la reglamentación básica de las apuestas deportivas de contrapartida

– Código Civil

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