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La norma establece que los menores de edad han de llevar casco cuando vayan con bicicleta por cualquier vía.

También es obligatorio para los mayores de edad en vías interurbanas.

Pero uno de los aspectos fundamentales de la norma regula las situaciones de droga o alcohol, dado que las estadísticas hablan de un aumento considerable.

Se establece una sanción administrativa y penal. La prueba de drogas se hará mediante saliva con un aparato autorizado para su posterior análisis, dado que estos dispositivos son seguros desde un punto de vista jurídico y poco intrusivos para el ciudadano.

Dado que son muchos los accidentes que hay detrás del alcohol y las drogas, se van a subir las multas con conducir borracho (con tasas superiores a las establecidas) de quinientos euros a mil euros.

Esta multa también la tendrán los conductores que estén implicados en algún accidente de tráfico y se nieguen a realizar la prueba de detección de alcohol o drogas.

También se regulan los radares, y se prohíbe cualquier aparato que detecte estos dispositivos. La norma implica la pérdida de puntos correspondientes además de la sanción administrativa

La ley también va a prohibir que los menores puedan ocupar los asientos delanteros de los vehículos o, incluso, los traseros, en función de su talla. Los pormenores de la norma, serán tipificados en su posterior reglamento.

Asimismo se va a obligar a quienes quieran realizar alguna obra en las vías, que notifiquen las mismas a las autoridades que gestionen el tráfico.

Se inmovilizará el vehículo que necesite para su conducción un permiso D (autobús) o C (camión) si el conductor no tiene la autorización correspondiente.

Será sanción muy grave si su vehículo lleva una carga que va cayendo a la vía y que crea un peligro para el resto de los conductores.

 

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