¿Y si una vez divorciado cambian las circunstancias?
Por ejemplo, no puedo seguir pagando la pensión de alimentos que estableció el juez en su día en la sentencia.
La vida de las personas está en constante cambio y las circustancias que sirvieron para dictar una sentencia en su día, puede que con el paso del tiempo no sean las mismas.
No hay problema, se puede solicitar al juzgado una “revisión” de la sentencia para que cambien algunas medidas, como el régimen de visitas, la pensión de alimentos, el uso y disfrute de la vivienda conyugal porque una pareja vive con tu ex, etc..
Pero si se dejan de cumplir, por si, las medidas, como no pagar la pensión de alimentos, se podrá ejecutar la sentencia o bien instruir un procedimiento penal