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Conseguimos la máxima indemnización
Especialistas en conseguir la máxima indemnización tras sufrir un accidente de tráfico.
¿Cuánto puedo cobrar por indemnización?
La cantidad exacta siempre depende de los daños materiales y los daños personales sufridos. En la mayoría de las ocaciones tu seguro no te pagará lo que corresponde, el motivo es sencillo, es una empresa que debe dar beneficio y para eso debe intentar ahorrar costes. En JR Abogados te ayudamos en todo el procedimiento judicial y extrajudicial para alcanzar lo máximo posible en cuanto a la indemnización por tus daños.
Qué tengo que hacer para reclamar
Ponerte en manos de un despacho especialista en accidentes de tráfico, independiente de cualquier seguro.
Su imparcialidad hará que la defensa de tus derechos como víctima de un accidente de tráfico sea totalmente transparente.
Del mismo modo, nuestro despacho es el más interesado en obtener la máxima indemnización posible, dado que vamos a porcentaje.
Es sencillo, cuanta más indemnización consigamos, mejor para tí y para nosotros.
Especialistas en accidentes de tráfico
No dudes en contactar con quienes, posiblemente, sean los mejores en conseguir la máxima indemnización.
Cuánto me cuestan los servicios de JR Abogados
También lo ponemos sencillo, JR Abogados cobra sus honorarios si tu cobras tu indemnización. Más simple, imposible.
Además en la mayoría de los casos le serán nuestros honorarios le devueltos por la compañía de seguros, si solicita el cumplimiento de la cobertura por gastos jurídicos de su póliza, por lo que nuestros honorarios le pueden salir gratis.
Cobramos un tanto por ciesnto de la indemnización que obtengas
Qué debo reclamar
Lo más importante es que en el accidente de tráfico, tú no seas el responsable. Es decir, que la culpa del accidente no ha sido tuya, si no de otro.
No obstante, aunque no haya una culpa exclusiva, también se puede reclamar una indemnización y las posibilidades de éxito son elevadas.
Quién tiene derecho a reclamar una indemnización por accidente de tráfico
- El conductor del vehículo (si no es culpable), incluidos los ciclistas.
- Los ocupantes de un vehículo
- Los peatones (atropellos), a no ser que sea culpa exclusiva de ellos.
- Los familiares de los fallecidos en siniestros.
- Usuarios de transporte público (autobús, metro ,etc…)
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El vehículo culpable se da a la fuga
La indemnización la pagará el Consorcio de Compensación de Seguros, entidad pública adscrita al Ministerio de Economía y Hacienda.
Esguince cervical con baja laboral de 50 días son unos 3.000 € de indemnización y puede llegar hasta los 20.000 €
Para trabajador que le dan la baja médica por un latigazo cervical, a razón de unos 57€ por día de baja.
El latigazo cervical es la lesión más habitual en los siniestros leves con vehículo a motor. Se produce por un movimiento violento del cuello.
Es muy común cuando hay un choche entre dos coches, en los denominados alcances traseros. Cuando paramos el coche o reducimos la marcha (un atasco por ejemplo en la carretera, o una señal de ceda el paso, un paso de peatones, un semáforo…) el coche que va justo por detrás cocha con nosotros (colisión por alcance). Este accidente de tráfico se da con mucha frecuencia en los trayectos cortos en las ciudades.
Se llama así (latigazo cervical) porque es muy similar al movimiento de un látigo.
Esta lesión se focaliza en los ligamentos del cuello y produce con frecuencia dolor de cuello, de espalda y también contracturas musculares.
También puedes tener calambres, vértigos, estar depresivo, tener el sueño alterado, menor fuerza, estar irritable.
Estos síntomas pueden aparecer el mismo día del siniestro o también días después de tener el accidente.
Hay 3 grados de gravedad en la lesión cervical:
- Grado I. Dolor leve (dolor muscular, cervicales rígidas) pero no hay contractura.
- Grado II. El lesionado no puede realizar ciertos movimientos del cuello. Suelen aparecer el mismo día del siniestro.
- Grado III. Bastante dolor por luxación de las vértebras cervicales o bien por una fractura.
La curación puede ir de unas semanas hasta más de 9 meses, incluso puede ser necesario más de 1 año de curación
El vehículo culpable no tiene seguro
También pagará la indemnización el Consorcio de Compensación de Seguros
La culpa del accidente ha sido mia
Todo depende del caso concreto pero, si el culpable del accidente solamente fuiste tu (culpa exclusiva) no tendrás derecho a ninguna indemnización. La razón es sencilla, el accidente se produce como consecuencia de la actitud del accidentado.
Si eres culpable, la mayoría de los seguros cubren tus gastos médicos y de rehabilitación.
Pero debes tener en cuenta que, algunos seguros, no cubren todos los tratamientos. Así, si tu seguro te cubre solo hasta 10.000 € y la factura del hospital son 15.000 €, tendrás que pagar la diferencia, es decir, 5.000 €
Cualquier gasto de tu vehículo será cubierto por el seguro siempre que lo tengas a TODO RIESGO, a no ser que lo declaren siniestro total, en ese caso, nada puedes reclamar.
El resto de seguros te hacen pagar la reparación del vehículo.
Lo que opinan nuestros clientes de JR Abogados
¿Cuánto dinero puedo reclamar por los daños sufridos en un siniestro vial?
La pregunta es fácil de responder.
Primera premisa: si no eres responsable del accidente, puedes reclamar si no ha sido culpa tuya.
Segunda premisa: se pueden indemnizar tanto los daños materiales como los daños personales.
Daños materiales
Aquí tenemos dos conceptos:
- El daño emergente. Se trata por ejemplo de arreglar el coche, facturas de rehabilitación del hospital o facturas de medicinas compradas en farmacia, etc…)
- El lucro cesante. Todo aquello que dejamos de ganar por causa del accidente, por ejemplo, no ir a trabajar, no poder abrir la tienda, …
Daños personales
En este caso la indemnización se basa en:
- La curación: Se trata del tiempo que has necesitado para sanarte o bien para que tus lesiones se estabilicen.
- Las secuelas: Son las lesiones que jamás se curarán del todo.
Nos trasladamos a cualquier punto de España
Es vital, imprescindible y absolutamente necesario que podamos JUSTIFICAR las lesiones a través de la documentación médica correspondiente.
Por tanto, por muy grave que sean las lesiones, si no las justificamos con la documentación adecuada, perderá todo derecho a indemnización. Por eso es tan importante contar con un buen abogado.
Valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación
En el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.
Si quieres ver las tablas de indemnización pulsa aquí.
¿Cuánto tardo en recibir mi indemnización?
No hay un plazo legal para el abono de la indemnización.
Es habitual que pasen varios meses hasta que termine todo el proceso.
En gran medida dependemos de la oferta motivada del seguro, que suele ser, por lo general una oferta a la baja.
Es más rápido recibir el dinero si hay un acuerdo, quizá en dos o tres meses desde que se produce el alta médica.
Si hay que acudir al juzgado, podemos tardar un poco más.
¿Cuánto tardo en cobrar la indemnización por siniestro total del vehículo?
La indemnización por daños materiales es mucho más rápida que la indemnización por lesiones, siempre que no se llegue al juzgado.
Si el vehículo se declara siniestro total, el seguro tiene 40 días de plazo para proponer una indemnización.
El seguro siempre ofrece el valor venal del vehículo. Si tienes un buen abogado no aceptará esa oferta, pues puedes y debes reclamar el valor real a precio de mercado. También se puede pedir el valor de reparación en algunos casos.
Cómo se cobra la indemnización
Va a depender de si se llega a un acuerdo entre los seguros o bien se abra un procedimiento judicial.
Si hay acuerdo, el seguro ingresará el dinero en tu cuenta bancaria.
Si hay juicio, el seguro deposita el dinero en la cuenta de consignaciones del juzgado.
La oferta motivada
La oferta motivada se establece en el artículo 7 de la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, tras las variaciones realizadas con la Ley 35/2015 del 22 de septiembre, y que entró en vigor en enero de dos mil dieciseis.
Las reclamaciones se tienen que presentar directamente al seguro causante del siniestro, que valorará por su parte, los daños ocasionados por su asegurado.
La oferta motivada es un documento que debe presentar la compañia de seguros de la parte que provocó el accidente.
Ese documento se le envía a la víctima, el seguro reconoce los hechos y acepta ser responsable de pagar una indemnización por los daños provocados ya sean estos materiales o personales.
Todo esto, con la correspondientereclamación previa enviada a la compañía de seguros del causante del accidente de tráfico. Es absolutamente necesaria para que el seguro pueda valorar los daños y hacer su propuesta.
Cuándo se presenta la oferta motivada
El seguro tiene, por ley, 3 meses para presentar la oferta motivada a la víctima. Ese plazo comienza desde que recibe la reclamación del perjudicado.
Si no presenta la oferta en esos tres meses sin causa justificada, habrá intereses de demora por no presentarla en plazo.
También se devengan intereses si no paga en plazo de 5 días.
El informe médico forense
En los siniestros viales, los informes médicos forenses son los documentos más importantes a la hora de reclamar al seguro del causante del accidente.
Dado que el seguro está obligado a presentar una oferta o respuesta motivada, pueden usar las consideraciones de sus propios peritos médicos. Dicen que lo hacen para evitar abusos en las reclamaciones y poder valorar las cuantías exactas o bien para decir que no tienen porqué pagar nada.
Pero la víctima puede pedir un informe al Instituto de Medicina Legal.
Tu seguro te reclamará dinero
- Si tu póliza solo te cubre, por ejemplo, como responsabilidad civil un máximo de 100.000 € y los daños producidos son de 150.000 €, te van a reclamar los 50.000 €.
- Si la persona que conduce no está asegurada ni autorizada o bien no cumple con los requisitos de la póliza, como por ejemplo, tener menos de 25 años o no superar los 2 años de antigüedad el permiso de conducir.
- Dar positivo en drogas o alcohol, o el accidente fue voluntario.